Al final el Gobierno ha dado marcha atrás en su anteproyecto de Ley de Colegios Profesionales. Las protestas de estos colectivos han causado efecto, por lo que la Ley actual continuará como está. Uno de los puntos más rechazados era la reducción de profesiones de colegiación obligatoria, tales como la de agente comercial, gestor administrativo o administrador de fincas. Pero la reforma suponía un vuelco el la forma de gestión y en la autonomía de los colegios. Repasemos los puntos más polémicos.
* El anteproyecto abría la puerta a que determinadas profesiones pudieran ejercerse libremente, sin exigir titulación universitaria o cualificación específica. Era el caso de los guías turísticos o delineantes. Un gestor administrativo podría utilizar las iniciales "ga" sin estar colegiado, lo que causaría que el ciudadano no pudiera saber con seguridad si quién le presta el servicio está debidamente acreditado. Ahora las profesiones con obligación de colegiación responderán al criterio de seguridad física o jurídica, tal como venía ocurriendo.
* De igual modo, reducía drásticamente el número de profesiones de colegiación obligatoria, quitando potestad a las comunidades autónomas para imponer la afiliación a un colegio determinado, facultad que, por lo tanto seguirán conservando. Esto puede suponer que unas comunidades exijan la colegiación para ejercer una actividad determinada y otras no. En anteproyecto de Ley abría también la puerta a que un profesional pudiera pertenecer al colegio de cualquier comunidad, cuando actualmente debe colegiarse en aquella en la que ejerce.
* También se proponía fijar una cuota máxima de 240 euros mensuales para pertenecer a un colegio, ya que algunos colegios tienen unas cuotas desproporcionadas. Con la retirada de la Ley, esto seguirá siendo así.
El aplauso a la retirada de la Ley ha sido unánime por parte de todos los colegios profesionales, especialmente por parte de arquitectos, ingenieros y abogados, que son los que más se involucraron en la oposición a esta normativa. En el caso de abogados y procuradores, la aprobación de la Ley eliminaba la incompatibilidad entre abogados y procuradores, de forma que cualquiera de los dos podría actuar ante los tribunales sin necesidad de estar colegiado en ambos colegios. También en las actividades técnicas, se pretendía que existiera colegiación tan solo aquellas en las que exijan visado.
Ahora todo seguirá como estaba, lo que supone una garantía para el ciudadano, pero una carga para el profesional, que tendrá que seguir pagando cuotas, en algunos casos muy elevadas.
Por Eva Fernández el 23 January 2023
Por Eva Fernández el 12 January 2023