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Finalmente el Senado ha aprobado lanueva Ley de Autónomos que entra en vigor por fascículos. Algunas de las medidas comenzaron a funcionar con la publicación del BOE el 25 de octubre y otras tendrán que esperar hasta enero de 2018 para hacerse realidad.
Tras la unanimidad del Congreso, el Senado ha ratificado esta ley que se hacía esperar para los más de 3 millones de autónomos dados de alta en el RETA. Estas nuevas medidas pretenden ofrecer mayores ventajas y simplificar las obligaciones de los trabajadores por cuenta propia con la Seguridad Social y la Agencia Tributaria.
En primer lugar, se reducen los recargos de la Seguridad Social por deudas durante el primer mes de retraso. Si antes se penalizaba con un 20%, ahora pasará a ser de un 10% siempre y cuando se abone durante el primer mes.
Otra de las medidas más populares que entrará en vigor en enero de 2018 será la ampliación de la Tarifa Plana de 50€ de seis meses a un año completo. Así mismo, las madres que se incorporen al trabajo tras una baja por maternidad pagarán esta misma cantidad durante los 12 meses siguientes.
La nueva ley también incluye mejoras en los contratos bonificados para familiares; cambios en las bonificaciones para autónomos durante el descanso de maternidad, paternidad o adopción; se eleva la edad de ayudas en caso de cuidados a menores hasta los 12 años; se dará cobertura por accidente in itinere; y se podrá compatibilizar los trabajos por cuenta propia con el cobro del 100% de la jubilación.
Por otro lado, los trabajadores que están dados de alta como autónomos y que a su vez son asalariados se reembolsarán de forma directa el 50% del exceso de cotizaciones y podrán acceder a diversas bonificaciones.
En el ámbito fiscal también hay novedades; concretamente en la deducción de gastos. A partir de enero, se modifican y aplican nuevos parámetros que permitirá deducir alquiler, luz, agua, telefonía e Internet para aquellos autónomos que trabajen desde casa. Para ello, será requisito fundamental declarar en el censo fiscal qué porcentaje de la vivienda se utiliza para desarrollar la actividad profesional en la que se esté dado de alta. Si has declarado una proporción del 30% (máximo permitido) sobre una superficie de 100 metros cuadrados, el porcentaje a aplicar será del 30% sobre 30 metros (apenas un 9% en la práctica).
Para los gastos de manutención, los autónomos podrán deducirse dietas por valor de hasta 26€ al día. Sin embargo, es importante tener en cuenta que se deberán justificar con facturas y realizar el pago a través de medios electrónicos.
Según el propio BOE:
“Los gastos de manutención del propio contribuyente incurridos en el desarrollo de la actividad económica, siempre que se produzcan en establecimientos de restauración y hostelería y se abonen utilizando cualquier medio electrónico de pago, con los límites cuantitativos establecidos reglamentariamente para las dietas y asignaciones para gastos normales de manutención de los trabajadores”.
Con estas nuevas ayudas fiscales, los autónomos podrán desgravar todos estos gastos asociados a su actividad. Ahora, más que nunca, será muy importante hacer una correcta gestión de los gastos para poder sacar provecho a las ventajas que ofrece nueva Ley de Autónomos.
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