Obtener bonificaciones de la Seguridad Social es una gran ventaja para cualquier empresa o autónomo, puesto que esto permite pagar una cantidad inferior en los Seguros Sociales durante cierto periodo de tiempo. Sin embargo, debemos tener cuidado porque esta ventaja no es gratuita.
Las bonificaciones siempre están supeditadas al cumplimiento de una serie de requisitos que pueden variar, dependiendo de la situación que las origina. Las condiciones para practicar cada bonificación se recogen en la normativa que contempla la misma, pero suelen tener unos puntos comunes. Veamos cuales:
1.- Estar al corriente con la Seguridad Social. Es imposible que la Seguridad Social conceda ninguna reducción en las cuotas a una empresa que no esté al corriente con sus obligaciones de pago. En algunos casos, se contempla la posibilidad de regularizar la situación en un plazo determinado. Pero en otros no, con lo cual, es aconsejable comprobar que se cumple esta exigencia antes de realizar cualquier contrato que pueda estar bonificado.
2.- Mantenerse al corriente durante el tiempo que dure la aplicación de la bonificación. Lo mismo que se necesita estar al corriente en el momento en que se empieza a aplicar la bonificación, lo normal es que esta situación se mantenga.
3.- Ingresar las cuotas a la Seguridad Social en el plazo reglamentario. Una vez hemos obtenido una bonificación, como podría ser, por ejemplo, por la contratación de una persona perteneciente a un colectivo determinado, deberemos ingresar en plazo los Seguros Sociales. La falta dará lugar a la pérdida automática y definitiva de la bonificación, pero tan solo con respecto a la cuota no ingresada en plazo, no de las restantes.
Lo mismo sucedería con las cuotas de atónomos. Aquel que esté abonando una cuota reducida deberá pagar los boletines rigurosamente a final de mes, de lo contrario perderá la reducción el aquellos pagos que se produzcan con incumplimiento del plazo.
4- No cometer infracciones que sean objeto de sanción. Cometer una infracción, como puede ser tener trabajadores sin dar de alta, puede originar una sanción elevada, pues es una falta grave. Este tipo de faltas suelen acompañarse de la prohibición de practicar bonificaciones durante un largo periodo de tiempo; de 1 a 3 años.
Por lo tanto, tengamos cuidado con estos puntos si estamos disfrutando de cuotas reducidas, no vaya a ser que nos llevemos sorpresas desagradables.
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