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¿Qué es el IAE de una empresa y cómo funciona?

¿Qué es el IAE de una empresa y cómo funciona?
Eva Fernández

En este articulo verás:

 

1. ¿Qué es y cómo funciona este impuesto?

El IAE o Impuesto de Actividades Económicas es un impuesto directo que grava a autónomos y personas jurídicas por la actividad empresarial, profesional o artística que realizan dentro del territorio español.

Es decir, se paga un impuesto constante (siempre es la misma cantidad, independientemente de los beneficios obtenidos) dependiendo de la actividad a la que te dediques.

Cuando uno comienza una actividad comercial está obligado a darse de alta en el IAE que le corresponda en la Agencia Tributaria.

2. ¿Qué empresas tienen que pagar el IAE?

Todo el mundo está obligado a darse de alta pero no siempre tendrán que pagarlo. Y es que existen dos excepciones que liberan a muchos de esta carga tributaria:

  • Las sociedades en sus dos primeros años de actividad están exentas.
  • A partir del tercer año, se debe pagar si se factura más de un millón de euros anuales.

Con estos requisitos la realidad es que muchas pequeñas empresas no se ven obligadas a pagar este impuesto ya que no llegan a la cifra mínima para ello.

En concreto, no tendrán que pagarlo:

  • Las personas físicas.
  • Las personas jurídicas, sociedades civiles o comunidades de bienes con cifra limpia de negocios inferior a 1 millón de euros.
  • Los autónomos y sociedades durante los dos primeros años del ejercicio de su actividad.
  • Los establecimientos de enseñanza, en todos sus grados, costeados íntegramente con fondo del Estado, de CCAA o de entidades locales.
  • Las asociaciones y fundaciones de disminuidos físicos, psíquicos y sensoriales sin ánimo de lucro.
  • Las fundaciones y entidades sin finalidades lucrativas por las explotaciones económicas declaradas exentas del Impuesto de Sociedades.

3. ¿Qué epígrafes del IAE existen?

Como decíamos, dependiendo de la actividad a la que te dediques tendrás que darte de alta en un IAE u otro.

Para saber cuál te corresponde debes consultar el listado de epígrafes de la Agencia Tributaria y buscar el tuyo. Ahí encontrarás un número que deberás indicar en el modelo 036 cuando te des de alta como persona jurídica en Hacienda.

Los epígrafes se dividen en tres categorías:

  • Actividades empresariales: ganaderas, mineras, industriales, comerciales y de servicios.
  • Actividades profesionales.
  • Actividades artísticas.

Dentro de cada una de ellas existen muchas opciones por lo que tendrás que buscar la que más se ajusta a tu actividad. Si tienes dudas, siempre puedes consultarlo en Hacienda para estar seguro.

Del mismo modo, si te dedicas a varias actividades que están dentro de IAE diferentes tendrás que darte de alta en todos los que sean necesarios.

4. ¿Qué ocurre una vez que eliges el IAE?

Una vez estés dado de alta en Hacienda tendrás que elegir cómo quieres tributar: por Estimación Directa, normal, simplificada o Estimación Objetiva (también conocida como Módulos).

Ojo: algunos epígrafes no permiten elegir entre Estimación Directa y Objetiva por lo que te verás obligado a tributar de una determinada forma según tu IAE.

Esto último es muy importante porque de ello dependerán tus obligaciones fiscales; por lo tanto, este código tendrá mucho que ver en el funcionamiento de tu negocio.

Como ya hemos comentado, las actividades se dividen en profesionales y empresariales. El hecho de desempeñar una u otra supone la aplicación de retenciones en las facturas emitidas y, en determinadas condiciones, la exención de presentar la declaración trimestral de pagos a cuenta del IRPF.

Pero además hay ciertas particularidades inherentes a algunos epígrafes por los que podemos optar. Las actividades de comercio implican la aplicación del régimen del recargo de equivalencia en el IVA. Otro tipo de actividades estarían exentas de IVA y en otros casos el empresario podría o no acogerse al régimen de módulos en diferentes condiciones.

5. ¿Cuánto hay que pagar por el Impuesto de Actividades Económicas?

Para cada IAE se aplica una tarifa diferente y todas están publicadas en el BOE pero a estas hay que añadirles otras cuantías.

Para calcular la cantidad a pagar hay que tener en cuenta los siguientes elementos:

  • Cuota de la tarifa: en el BOE aparecen cuáles serán las cuotas mínimas.
  • Coeficiente de ponderación: para adaptar el impuesto a la situación de la empresa se aplica un coeficiente de ponderación sobre las tarifas. La cifra final es la cuota ponderada.
  • Coeficiente de situación: sobre la cuota ponderada cada ayuntamiento puede incluir una escala de coeficientes que pondere la situación física del local dentro del término municipal. Es decir, habrá empresas que paguen más por si localización.
  • Recargo provincial: hay una recargo provincial fijado sobre la cuota ponderada.

Con todo esto se obtiene la cuota total que se deberá devengar a 1 de enero; es decir, se paga por todo un año y se hace a partir del comienzo del siguiente ejercicio.

Así que recuerda: tienes la obligación de darte en el IAE pero, tranquilo, ¡es probable que no tengas que llegar a pagar nada!