¿A qué llamamos fraude fiscal?
El fraude fiscal consiste en la realización un acto indebido para obtener un beneficio fiscal, perjudicando así a la Administración Tributaria (Hacienda).
El caso más frecuente es el de un sujeto que pretende burlar una norma tributaria sirviéndose de otra dictada con una finalidad diferente.
Todo ello con el objetivo de evitar o disminuir el pago de un impuesto.
¿Fraude o planificación fiscal?
No hay que confundir el fraude con la planificación fiscal. La Ley admite que un contribuyente pueda estudiar la manera de pagar menos impuestos. Siempre eligiendo una opción legal y válida de entre las existentes.
Por ejemplo: yo puedo elegir rescatar mi plan de pensiones en forma de capital o en forma de renta, según cuál de las dos maneras me suponga menos impuestos a pagar.
Lo que no puedo hacer es otro tipo de estrategias no admisibles, como deducir por adquisición de vivienda una hipoteca en la que he incluido dinero a mayores para comprar un coche.
La frontera entre el fraude y la planificación fiscal está en los medios utilizados para conseguir un ahorro fiscal.
¿El fraude puede ser un delito?
El fraude fiscal es una infracción tributaria que puede ser calificada de muy grave, grave o leve. Esto va en función de la cantidad defraudada y del perjuicio que se cause a Hacienda.
Si la cantidad defraudada supera los 120.000 euros, estaremos ante un delito fiscal.
Además de una sanción administrativa puede suponer una condena penal para el que lo comete.