
El régimen simplificado del IVA es una forma de liquidar el impuesto basada en una serie de índices que se aplican a los elementos que intervienen en la actividad económica. Estos índices varían de una otra actividad en función de sus características. El IVA de ingresos no se calcula a partir de las facturas emitidas, sino en función de aquello que utilizamos para producir.
Un autónomo que tenga un centro de estudios, por ejemplo, va a calcular la cuota de IVA anual en función del personal asalariado (número de personas y número de horas), de los metros del local y de las horas anuales que ha trabajado el titular. Otras actividades toman también en cuenta la energía eléctrica consumida o la potencia fiscal del vehículo afecto.
Al comienzo del ejercicio, se realiza el cálculo de la cantidad anual a pagar y cada trimestre se adelanta un porcentaje de la misma. Al final del ejercicio, al importe total del IVA anual devengado por módulos se le resta el IVA soportado en los gastos durante todo el año. A la cifra resultante, se le restan, a su vez, los pagos adelantados en los trimestres. De este modo se obtiene la cuota final.
Sin embargo, la mecánica del impuesto prevé que la cantidad a ingresar será la mayor de dos:
Actividad: “Transporte de paquetería”.
Módulos a tener en cuenta para el cálculo del IVA: “Personal y vehículo”
Al ser esta cantidad mayor que la calculada por diferencia, será esta la cuota a ingresar, una vez se le hayan restado los pagos adelantados en los trimestres.