Muchas veces nos encontramos en la circunstancia de tener que pagar un impuesto, una liquidación recibida de la Agencia Tributaria o una sanción y está a punto de vencer el plazo que figura en la carta de pago. Cuando recibimos un documento de este tipo, la propia carta nos indica los plazos de que disponemos para hacerlo efectivo y evitar que entre en apremio (con el recargo del 20%) o bien para disfrutar del apremio reducido (10% en lugar del 20%). La forma de pago más usual es el cargo en cuenta o el pago en efectivo. Ambas posibilidades obligan a acudir a una entidad bancaria documento en mano.
Pero existe la posibilidad de pagar liquidaciones y deudas directamente desde la página web de la Agencia Tributaria. Para ello vamos a necesitar disponer de certificado o DNI electrónico o Cl@ve PIN. Las formas de pago que podemos utilizar utilizando este medio son el cargo en cuenta o en tarjeta de crédito. No obstante, si no disponemos certificado o DNI electrónico, no podremos pagar con tarjeta, sino tan solo por cargo en cuenta.
Para utilizar esta forma de pago hay que seguir los pasos siguientes:
Podemos imprimir esta pantalla para conservar la hoja como resguardo del ingreso efectuado. Una vez realizada la operación y obtenido el NRC como respuesta no es necesario presentar ningún otro documento.
Para los casos de fallos en las comunicaciones es posible verificar si el pago se ha realizado y en su caso, recuperar el NRC en la opción correspondiente de consulta de un pago anterior que encontrará en la página de liquidaciones y deudas. Hay que introducir exactamente los mismos datos que introdujimos para realizar el pago y si éste existe, obtendremos el NRC generado que servirá de justificante.
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