
Hace unos días, Hacienda nos presentaba el modelo 143, que se utilizará para solicitar el cobro anticipado de las nuevas deducciones por familia numerosa y personas con discapacidad a cargo. La Agencia Tributaria ha comenzado a enviar cartas a los posibles beneficiarios informando de los requisitos y el procedimiento para solicitar el cobro mensual. Vamos a repasar la normativa que rige esta deducción, cuyo plazo de solicitud comenzará el próximo mes de enero.
Para pedir el cobro anticipado se exigen dos condiciones:
* Que el contribuyente esté de alta en la Seguridad Social o mutualidad alternativa y haya cubierto los plazos mínimos de cotización (el contribuyente deberá cotizar al menos una cantidad mensual equivalente al importe obtenido por anticipado). En las solicitudes colectivas basta con que el requisito lo cumpla quien figure como primer solicitante.
* Que tenga derecho a la aplicación del mínimo por descendiente o ascendiente con discapacidad, o sea ascendiente o hermano huérfano de padre y madre que forme parte de una familia numerosa. El contribuyente deberá disponer de la documentación acreditativa de familia numerosa y el certificado de discapacidad del ascendiente o descendiente.
La solicitud del pago anticipado se podrá realizar de manera colectiva o individual mediante la presentación de un nuevo modelo, el 143, por cada una de las deducciones. Estas deducciones son acumulables entre sí, es decir, un mismo beneficiario puede acceder a varias de ellas (100 euros mensuales por familia numerosa y por cada descendiente y ascendiente con discapacidad; 200 euros en el caso de familias numerosas de categoría especial).
El límite de las deducciones es de 1.200 euros anuales por cada descendiente o ascendiente con discapacidad y por familia numerosa y 2.400 euros en el caso de familias numerosas de categoría especial y se calcularán de forma proporcional al número de meses en que se cumplan los requisitos.
Los beneficiarios deberán presentar un formulario de solicitud, individual o colectivo, por cada una de las deducciones a las que tengan derecho. La solicitud se podrá presentar por internet o teléfono (901 200 345) a partir del 7 de enero y presencialmente desde el 3 de febrero
Cuando existan varios beneficiarios de una misma deducción, el abono anticipado puede solicitarse de manera colectiva o individual, elección que se podrá modificar para las distintas deducciones en enero de cada año. En la solicitud colectiva deberán constar todos los solicitantes que tengan derecho a la deducción.
Quien figure como primer solicitante deberá cumplir los requisitos para el abono de la deducción en el momento en que se presente la solicitud y será quien reciba la transferencia bancaria mensual. Si la solicitud es individual, el importe de la deducción se dividirá entre los distintos solicitantes por partes iguales.
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