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El Impuesto sobre el Patrimonio es aquél que se paga por la mera posesión de bienes o derechos.
Al igual que el de la Renta se paga por la obtención de ingresos, en Patrimonio se paga en función del valor de las posesiones (inmuebles, joyas, productos financieros…).
El impuesto está cedido a las Comunidades Autónomas, que son las encargadas de recaudarlo. Afecta tan solo a las personas físicas. Las sociedades y entidades no tienen que presentarlo.
Para calcular el valor de los bienes hay que descontar las cargas que pesen sobre ellos.
Están exentos
Hay que declarar el valor de:
Para liquidar el impuesto hay que cumplimentar el modelo 714 y pagar la cantidad que resulte a ingresar.