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Diferencias entre ser autónomo o asalariado en materia de Seguridad Social

Eva Fernández

En este articulo verás:

En un artículo anterior, comentábamos las diferencias fiscales entre ser autónomo o asalariado. En realidad, trabajar por cuenta propia o ajena no conlleva necesariamente pagar más o menos en IRPF. Sin embargo, si nos centramos en el aspecto laboral, hay un abismo entre ambas cosas.

La principales diferencias

Entre la figura del trabajador autónomo y el asalariado hay notables diferencias:

  • La cotización: La cotización del trabajador por cuenta ajena se calcula en función de su salario, mientras que el autónomo elige su base de cotización, dentro de unos límites. Esto puede suponer que ganando lo mismo se pague más si se cobra por nómina que si se trabaja como autónomo.
  • Indemnización por despido. El asalariado tiene derecho a percibir una indemnización por despido, dependiendo de las circunstancias en las que éste se haya producido. El autónomo puede contemplar algún tipo de indemnización si así lo pacta con su cliente en un contrato mercantil. De lo contrario, no percibirá nada.
  • Prestaciones por desempleo. El trabajador por cuenta ajena cotiza por desempleo. En caso de despido y siempre y cuando haya cotizado un mínimo de un año, tiene derecho a percibir la prestación correspondiente. El autónomo puede cotizar por cese de actividad, pero la prestación que percibirá de darse esta circunstancia es menor en cuantía y duración y deben darse unas condiciones tan estrictas para tener derecho a ella, que muy pocos la cobran.
  • Prestaciones sociales. El trabajador asalariado disfruta de la baja desde el primer día, mientras que el autónomo no puede pedirla hasta el 4º día (los porcentajes que se aplican para la baja son los mismos, aunque sobre la base de cotización). Esto en lo que respecta a la baja por enfermedad común. Si la causa fuera accidente de trabajo o enfermedad laboral, el autónomo sólo cobrará prestación si ha contratado esa cobertura (de carácter voluntario), pagando por ella un coste adicional.

Otra gran desventaja que sufre el autónomo es que debe pagar íntegra la cuota de la Seguridad Social, tenga o no ingresos y esté o no de alta. De este modo, la baja implica cobrar poco y pagar igualmente la cuota de autónomos. En muchos casos, hay que sufrir la dificultad añadida de tener que contratar a alguien para que mantenga el negocio en funcionamiento para no perder clientela.