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Recibimos la consulta de un lector relativa a la deducción por vivienda habitual en la Renta.
Mi novia y yo compramos una vivienda en 2005 al 50%, así como también la hipoteca al 50%. Yo he estado aplicando la deducción por la misma desde entonces, pero ella no porque ha estado siempre en el paro. El año pasado en diciembre empezó a trabajar. Al hacer ahora su declaración de la renta le dicen que ella no puede ahora aplicar su parte de deducción, según el siguiente motivo: ” En todo caso para aplicar el régimen transitorio se exige que se hayan aplicado la deducción por dicha vivienda en 2012 o en años anteriores”. Cual es la solución si mi pareja no trabajó hasta este año pasado y por tanto no pudo hacer declaración para poder beneficiarse de deducción por vivienda? Hacer declaración del 2012?
Cuando se suprime la deducción por adquisición de vivienda habitual para adquisiciones posteriores al 1 de enero de 2013, se introduce un régimen transitorio, regulado en la disposición transitoria decimoctava de la Ley de IRPF. Esta disposición permite seguir disfrutando de la deducción en los mismos términos y con las mismas condiciones existentes a 31 de diciembre de 2012 a los que ya lo vinieran haciendo hasta esa fecha. Por lo tanto, para poder acogerse a la deducción por vivienda habitual es obligatorio haber deducido por hipoteca en el ejercicio 2012 o anteriores.
Esta norma tan solo tiene una excepción: que la deducción no se haya podido aplicar todavía porque el importe invertido en la misma no haya superado el importe exento por reinversión o las bases efectivas de deducción de viviendas anteriores. Esto se refiere a la deducción por hipoteca de aquellos que ya la estuvieran practicando y hayan vendido su casa para comprar otra nueva.
Cuando se transmite la vivienda habitual, que era objeto de deducción, para adquirir otra nueva, no podemos seguir deduciendo por la nueva hipoteca de forma inmediata. Tendremos que esperar a que las bases de deducción de la hipoteca nueva superen las de la antigua. De manera amplia, podríamos decir que, si llevaba deduciendo por la hipoteca antigua 7 años (en cómputo de deducción máxima), tendré que esperar otros 7 para poder empezar a deducir por la nueva. En estos casos sí es posible beneficiarse de la deducción por vivienda habitual aunque no se aplicara en el ejercicio 2012 y anteriores.
Aunque la contribuyente no estuviera obligada a declarar, debería haberlo hecho para obtener su derecho a deducción.
Una posible solución sería presentar ahora la declaración de 2012, incluyendo la hipoteca. Es un ejercicio no prescrito, por lo que cabe la presentación extemporánea (fuera de plazo). Eso sí, puede recibir una sanción, pero puede valer la pena si con ello queda reconocido su derecho a deducir y puede aplicarlo en ejercicios posteriores.
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