Muchas veces se piensa que no es posible darse de alta como autónomo a la vez que se realiza un trabajo por cuenta ajena. Sin embargo, ambas actividades no son excluyentes. Hay muchos asalariados que deciden realizar una actividad por cuenta propia, sin tener que finalizar por ello su contrato de trabajo. Estas personas cotizan en dos regímenes a la vez: en el general y en el régimen especial de los trabajadores autónomos (RETA), por lo que están en situación de pluriactividad.
La pluriactividad no es lo mismo que el pluriempleo. Un trabajador pluriempleado es aquel que tiene diferentes contratos a tiempo parcial en diferentes empresas a un mismo tiempo, pero siempre hablando de relaciones laborales por cuenta ajena. Un trabajador en pluriactividad es aquel que desempeña una actividad como asalariado y otra por cuenta propia simultáneamente.
Hasta la entrada en vigor de la Ley de Emprendedores, los autónomos en pluriactividad cuyas cotizaciones en ambos regímenes durante el año natural alcancen la suma de 10.680 euros, podrán obtener la devolución del 50% de las cuotas de autónomos abonadas.
Deberán solicitar esta devolución durante los tres primeros meses del ejercicio posterior al que se hayan cumplido estas condiciones. Si la suma de las cotizaciones en régimen general y RETA no alcanza el mencionado importe, tendrán que seguir pagando la cuota de autónomos de manera íntegra.
La Ley de Emprendedores introdujo cambios en esta normativa. Desde el 1 de enero del presente año, los autónomos en pluriactividad podrán obtener la bonificación del 50% de la cuota de autónomos, aplicando la misma en cada una de las cuotas en el momento del pago. Sin embargo, este sistema no se aplica de manera automática. Tan solo tendrán derecho a él los trabajadores que estén cotizando en el régimen general y se den de alta en autónomos por primera vez.
Es decir, si la situación de pluriactividad parte de una cotización inicial en el RETA o si se hubiera cotizado con anterioridad en una actividad por cuenta propia, aunque fuera distinta, esa bonificación del 50% en cada cuota no se podría aplicar. Habría que esperar a finalizar el año para solicitar la devolución; siempre teniendo en cuenta que se alcance la suma de cotizaciones en ambos regímenes de 10.680 euros.
Esta normativa intenta favorecer a aquellos que, estando contratados, deciden establecerse como autónomos. Es un incentivo más al fomento del autoempleo; uno de los objetivos de la Ley de Emprendedores.
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