Desde hace unas semanas, las entidades bancarias están avisando a sus clientes de que deben facilitarles su D.N.I antes del 30 de abril, si quieren evitar ver sus cuentas bloqueadas. Esta obligación deriva de la Ley 10/2010 sobre prevención del blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo y tiene como finalidad identificar a todos las personas con las que las entidades de crédito mantengan relaciones comerciales.
Esto no significa que todas las personas tengan que acudir a su banco llevando el D.N.I para ser digitalizado. Es posible que la entidad ya disponga de él si lo facilitó en el momento de abrir la cuenta o de contratar el producto, ya que desde 1993 las entidades tenían obligación de pedir copia del DNI de sus clientes.
Los bancos tienen obligación de requerir el trámite a los clientes que lo necesiten, bien sea por correo ordinario, sms o correo electrónico, por lo que, si no hemos recibido nada, no tenemos que preocuparnos. Quienes no hayan recibido ninguna comunicación, no tienen que hacer nada.
El que reciba el aviso y no facilite su D.N.I (el documento físico, no el número), verá su cuenta bloqueada el 1 de mayo, por lo que no podrá realizar ninguna operación. Si se trata de una cuenta corriente, no podrá efectuar operaciones con tarjetas, transferencias ni retiradas de efectivo. Pero podrá reactivar su cuenta si aporta el D.N.I dentro de los tres meses siguientes, a contar desde el 30 de abril.
Si transcurren los tres meses y el cliente no ha aportado al banco su D.N.I, la cuenta quedará agregada a las cuentas de orden de la entidad, con lo que será más difícil operar con ella y manejar el dinero.
Las entidades bancarias sabían que debían disponer del D.N.I de todos sus clientes en soporte electrónico desde el año 2010, en que entró en vigor la Ley. A partir de esa fecha, la Ley daba un plazo de 5 años para cumplir esta obligación, por lo que finaliza el 30 de abril.
Además del DNI, las entidades bancarias y financieras también pueden requerir a sus clientes otra información, como documentos que acrediten las actividades económicas a las que se dedican.
Por Jon Ander el 28 November 2023
Por Eva Fernández el 23 November 2023
Por Eva Fernández el 7 November 2023