Un contrato de formación es aquel celebrado con jóvenes entre 16 y 25 años que carezcan de una titulación. Como su nombre indica, el contrato de formación exige dedicar una parte de la jornada laboral a la enseñanza teórica del trabajador. Esta enseñanza podrá impartirse en la misma empresa o en centros reconocidos y será responsabilidad del empresario o del tutor que éste designe que sea adecuada al puesto.
1.- Buscar un centro de formación. Lo primero que debe hacer una empresa para celebrar un contrato de formación es comprobar que existe una actividad formativa relacionada con el puesto de trabajo que permita al trabajador obtener un título de formación profesional o un certificado de profesionalidad. La empresa se dirigirá al Servicio Público de Empleo para conocer la oferta de centros de formación disponibles para impartir la enseñanza teórica.
Comprobar que noLos contratos de formación no pueden formalizarse con un trabajador que ya hubiera estado contratado mediante esta modalidad en otra empresa, salvo que fuera para obtener una cualificación profesional distinta. Por eso es aconsejable pedir al SEPE una certificación sobre los contratos de formación anteriores que pudiera haber tenido. La empresa quedará así eximida de cualquier responsabilidad.
2.- Presentar el acuerdo formativo. La empresa deberá presentar al SEPE un acuerdo firmado con el centro formativo en el que detalle: la identificación del trabajador y del tutor que tendrá dentro de la empresa, la identificación del centro que impartirá la formación, el título o certificado que obtendrá el trabajador al término del contrato, la modalidad de impartición de la formación (presencial, a distancia, tele formación o mixta) y el contenido del programa de formación (programación, horarios de impartición, criterios de evaluación...).
El tutor puede ser el empresario o un trabajador cualificado. La propia empresa puede impartir la formación si dispone de instalaciones adecuadas, personal cualificado para impartirla y autorización de la Administración. Si la formación se imparte en la propia empresa el acuerdo se suscribirá entre la empresa y la persona en aprendizaje.
Una vez el SEPE autorice el contrato, ya es posible formalizarlo y comunicarlo en el plazo ordinario de 10 días.
Por Eva Fernández el 23 January 2023
Por Eva Fernández el 12 January 2023