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Las prestaciones son pensiones que reconoce la Seguridad Social a los ciudadanos que las soliciten siempre y cuando cumplan una serie de requisitos. Existen dos tipos de prestaciones: contributivas y no contributivas. La principal diferencia entre ambas es que las pensiones contributivas se conceden en base a la edad y el tiempo que el trabajador ha cotizado. Las no contributivas se conceden a las personas que no han cotizado el tiempo suficiente o que sufren algún tipo de carencia.
Las prestaciones contributivas se conceden después de acreditar un período mínimo de cotización (en determinados casos), siempre que se cumplan los demás requisitos exigidos. El importe de la pensión se calcula en función de las aportaciones del trabajador y del empresario (si se trata de trabajadores por cuenta ajena) durante un período de tiempo determinado.
Actualmente existen las siguientes prestaciones contributivas: desempleo, jubilación, incapacidad, lesiones permanentes no invalidantes, maternidad o paternidad y fallecimiento.
Las prestaciones no contributivas se reconocen a personas en situación de necesidad, que no tengan recursos suficientes para subsistir. Como decíamos, no se basan el tiempo cotizado, por lo que puede pedirlas cualquier persona que no haya generado el derecho a una pensión contributiva.
Para obtener una prestación no contributiva, el solicitante debe residir en España y tener unos ingresos inferiores al importe de la pensión que solicita en su cómputo anual. Si convive con familiares con ingresos, la suma de todas las rentas deberá hallarse dentro de unos límites reglamentarios.
Las prestaciones no contributivas pueden ser de invalidez y de jubilación. Su gestión está cedida a los órganos competentes de cada Comunidad Autónoma.
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