
Obtener el certificado de discapacidad ofrece diversas ventajas para el titular. El grado de discapacidad puede convertir al que lo tiene en beneficiario de una pensión por invalidez o una prestación de integración social. Contratar un discapacitado también implica bonificaciones en las cotizaciones sociales.
La persona con discapacidad tiene mayores facilidades para acceder a viviendas de protección pública y puede solicitar además tarifa reducida en los transportes. Un hijo con discapacidad da derecho a una ampliación del periodo de descanso por maternidad.
Pero los beneficios más atractivos son quizá los de carácter fiscal. Las personas con certificado de discapacidad cuentan con beneficios en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), Impuesto sobre Sociedades (IS), Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), Impuesto especial sobre determinados medios de trasporte (IEDMT) e Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM).
En la Declaración de la Renta existen reducciones en los rendimientos del trabajo para trabajadores activos discapacitados, en función de su grado de discapacidad. Si su grado es igual o superior al 33% e inferior al 65% gozarán de 3.264 € de reducción. Si su grado es superior al 65% o acreditan necesitar ayuda de terceras personas o movilidad reducida, podrán aplicar una reducción de 7.242 € euros. Estas reducciones podrán aplicarse igualmente a los rendimientos de actividades económicas.
Si la discapacidad es de ascendientes o descendientes y no la propia, también permite un incremento en los mínimos por ascendientes y descendientes en la Declaración de la Renta.
La reforma fiscal introdujo una deducción en la cuota en caso de que el titular de la declaración tenga ascendientes o descendientes con discapacidad a su cargo. Esta deducción es de 1.200 euros por cada ascendiente o descendiente que se encuentre en esta situación y puede cobrarse por adelantado.