¿Qué es un contrato temporal?
Un contrato temporal es el contrato de trabajo en el que se estipula una duración determinada.
Esa duración puede ser específica (tres días, seis meses….) o estar vinculada a la realización de una obra o servicio, aunque no haya una fecha exacta de término (campaña de navidad, promoción de un artículo determinado, ejecución de una obra…).
El contrato temporal debe ser causal; es decir, debe existir una circunstancia en la empresa que justifique su duración determinada. Esa circunstancia ha de ser específica y con un final cierto. De no ser así, las contrataciones deben ser indefinidas.
Tipos de contratos temporales
1. Contrato eventual
Es aquel que tiene una fecha de inicio y fin perfectamente identificados. Puede hacerse un contrato eventual por circunstancias del mercado, acumulación de tareas o exceso de pedidos.
El contrato eventual se justifica por una necesidad de la empresa de incrementar su plantilla durante un tiempo. Pero no se puede recurrir a él si la necesidad es permanente.
El contenido del contrato debe especificar con precisión y claridad la causa o circunstancias que lo justifican.
El contrato eventual puede tener una duración máxima de 6 meses dentro de un periodo de referencia de 12 meses. Los convenios pueden modificar esta duración.
Se puede prorrogar una sola vez siempre que no sobre pase la duración máxima.
2. Contrato de obra o servicio
Es el que se celebra para realizar un servicio concreto. Ese servicio debe estar perfectamente especificado e identificado. (Por ejemplo, los que veíamos en el segundo párrafo).
Se diferencia del eventual en que aquél debe especificar la duración. En el de obra o servicio la duración está vinculada a la del servicio que se va a prestar. No tiene que ser exacta.
El trabajador debe estar ocupado en ese servicio objeto del contrato y no puede hacer ninguna tarea distinta.
El contrato se extingue con la finalización de la obra o el servicio determinado. Su duración máxima es de 3 años. Puede ampliarse hasta 12 meses más por convenio estatal.
Existen otros contratos temporales como los de interinidad, los contratos temporales de las universidades con personal docente o investigador; de fomento de empleo para personas con discapacidad….