Las facturas simplificadas es uno de los tipos de facturas más utilizadas por la gran mayoría de los negocios.
Desde la entrada en vigor del Reglamento de Facturación en el año 2010, los famosos tickets tan utilizados en los comercios al por menor (librerías, carnicerías y tiendas de ultramarinos, droguerías…..) desaparecieron para ser sustituidos por las facturas simplificadas.
Las facturas simplificadas se diferencian de las ordinarias en que no contienen los datos del destinatario, a no ser que éste lo solicite para poder deducir el gasto.
A su vez, la cuota de IVA no aparece desglosada, sino solo indicado el porcentaje poniendo “IVA incluido”.
Las facturas simplicadas pueden emitirse en los siguientes supuestos cuando:
Son las siguientes:
⭐️ Nota: Para poder deducir el IVA con factura simplificada, el expedidor debe hacer constar necesariamente:
- NIF del destinatario y domicilio.
- Cuota repercutida, que se debe consignar de forma separada.
No se pueden emitir facturas simplificadas en las siguientes operaciones:
Eva Fernández
Periodista con más de 10 años de experiencia en marketing digital y, en especial, en la generación de contenidos para marcas de diferentes sectores. De la mano de Anfix y con mi propia experiencia emprendiendo como freelance, he aprendido mucho en los últimos años sobre gestión del negocio, finanzas y productividad.
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