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Presentar la declaración de la Renta de manera individual o conjunta es otro factor que influye considerablemente en el resultado. Si elegimos la modalidad individual tributamos tan solo por nuestras rentas, a las que aplicaremos los mínimos que hemos expuesto en artículos anteriores. Si elegimos la conjunta, las rentas de la unidad familiar se suman, pero los mínimos a los que se tenga derecho se aplican una sola vez.
Es decir, si yo declaro conjuntamente con mi cónyuge, se suman las rentas de ambos y se aplican las deducciones a las que cada uno tenga derecho. A la base así obtenida se le resta un solo mínimo personal y un solo mínimo por cada ascendiente o descendiente. La declaración conjunta da derecho a practicar a mayores una reducción de 3.400 euros. Al resultado se le aplica la escala de gravamen, como si se tratara de un solo contribuyente.
La unidad familiar que permite presentar declaración conjunta puede estar formada por un matrimonio y los hijos menores de 18 años que convivan con ellos. Pero también existen unidades familiares monoparentales, como es el caso de las parejas separadas. La unidad familiar la formaría el padre o la madre y los hijos de los que tengan la custodia. Si una pareja convive sin matrimonio tan solo tendrá la consideración de unidad familiar la que forme uno de los miembros de la pareja con los hijos. El otro miembro tendrá que hacer declaración individual.
La reducción aplicable en las declaración conjunta de unidades monoparentales es de 2.150 euros anuales. El contribuyente que tribute conjuntamente con sus hijos en el caso de parejas que convivan sin matrimonio, no podrá aplicar esta reducción.
Nadie podrá formar parte de dos unidades familiares al mismo tiempo. La determinación de los miembros de la unidad familiar se realizará atendiendo a la situación existente el día 31 de diciembre de cada año. Si un hijo cumpliera 18 años antes de esa fecha, ya no formará parte de la unidad familiar en ese período impositivo. En el supuesto de fallecimiento del contribuyente, la cuantía del mínimo se aplicará en su integridad, sin necesidad de efectuar prorrateo alguno.
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