Desde la implantación de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria, los modelos telemáticos han idos sustituyendo a los tradicionales impresos en papel, sobre todo cuando el presentador es una persona jurídica. Todas entidades deben remitir sus impuestos por medios electrónicos.
Pero existen más modelos que no están relacionados con el cumplimiento de las obligaciones tributarias y también se presentan por esta vía.
Uno de ellos es el modelo 036, la declaración censal de alta, baja o variación de datos relativos a las obligaciones fiscales.
Lecturas recomendadas:
Las personas jurídicas y entidades que sean sujetos pasivos del Impuesto de Sociedades deberán presentar el modelo 036 obligatoriamente por Internet a través de Sede Electrónica, salvo cuando soliciten la expedición del Número de Identificación Fiscal. El NIF podrá solicitarse también en papel, en cuyo caso podrá obtenerse la tarjeta identificativa en el mismo acto, en la oficinas de la Agencia Tributaria. Si se presenta telemáticamente, Hacienda lo remitirá por correo al domicilio fiscal de la entidad.
Para obtener el modelo 036 en papel hay que acceder a la Sede Electrónica y seguir la ruta: Trámites destacados - Presentar y consultar declaraciones - Modelo 036-037 - Cumplimentación, validación y obtención en PDF del 036 para su impresión. Una vez cumplimentado el modelo hay que pinchar en la opción "validar". A continuación, el programa generará un documento PDF (incorporando el número de justificante, número de referencia, fecha y hora) con las hojas del modelo censal en las que se ha consignado algún dato y podremos imprimirlo para su presentación en la Agencia Tributaria.
El modelo tendrá carácter de borrador y no tendrá validez hasta que no haya sido presentado en las oficinas de la AEAT. El borrador podrá utilizarse exclusivamente en el plazo de un mes desde su validación. Transcurrido dicho plazo sin que se haya presentado, se procederá a su eliminación.
Para el envío telematico habrá que disponer de certificado digital. Cuando se solicita el NIF telemáticamente, veremos un aviso una vez transmitido el modelo que nos indicará la obligación de presentar documentación complementaria en un plazo determinado (normalmente 10 días). Para la obtención del NIF es imprescindible aportar la escritura de constitución de la entidad, que podrá remitirse a través de internet en un PDF a la administración.
Si no enviamos la documentación en el plazo indicado, la presentación se considerará invalidada.
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Por Eva Fernández el 23 January 2023
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