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Aparte de la presentación de impuestos en el plazo reglamentario, el autónomo está sujeto a una serie de obligaciones contables dictadas por la legislación fiscal y mercantil. La liquidación de impuestos se realiza mediante la cumplimentación de unos modelos, a los que se trasladan los datos numéricos contenidos en las facturas y los justificantes fiscales.
El empresario individual debe estar en posesión de los comprobantes que sirven de base a los importes reflejados en las liquidaciones, tanto de IVA como de IRPF. Los datos de esos justificantes se anotarán en los libros registro de ventas e ingresos y de compras y gastos. Los libros de ingresos y gastos se confeccionan principalmente utilizando soportes electrónicos y no papel.
Así pues, el autónomo que tribute en estimación directa simplificada deberá llevar:
Todos estos registros y la documentación que los justifica deberán ser conservados por el autónomo durante seis años.
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