Se acerca el final del año y las empresas suelen echar cuentas de cómo serán sus resultados y de la cifra de impuestos que tendrán que pagar en el mes de enero. Aquellos que hayan iniciado su actividad hace poco es probable que tengan IVA a devolver, sobre todo si han adquirido maquinaria o realizado reformas en el local de negocio. Ahora bien, es posible solicitar la devolución de ese IVA?
En primer lugar hay que tener en cuenta que, para que las cuotas se consideren deducibles, el gasto debe ser necesario para la obtención de ingresos. Si esas cuotas se han originado en la compra de un bien, ese bien debe utilizarse en la actividad. Si los ingresos son muy pequeños o si no existen, es difícil probar la correlación existente con los gastos, por lo que esta exigencia no se cumple. Tampoco podemos probar que un bien se haya utilizado en la actividad si esa actividad no ha producido nada.
Una solicitud de devolución de un IVA soportado en la que no exista IVA repercutido será con bastante seguridad objeto de revisión por parte de la Agencia Tributaria. Esto dependerá en gran parte de la cuantía, pues no es lo mismo solicitar 100 euros que 1.000. A partir de ahí, será responsabilidad del contribuyente el probar la necesidad del gasto.
Podría considerarse justificable pedir la devolución, por ejemplo, de cuotas soportadas en el arrendamiento de un local de negocio. Una empresa puede alquilar un local con la expectativa futura de generar unos ingresos que todavía no se han producido. Del mismo modo, también puede darse el caso de generar gastos de IVA en una construcción que no podemos vender hasta que esté finalizada.
En cualquier caso, es más prudente esperar y reservar ese IVA para restar de los ingresos cuando éstos se produzcan que pedir su devolucion
El derecho a deducir nace cuando se devengan las cuotas deducibles, siempre que se tenga el documento justificativo de la operación. Las deducciones deberán efectuarse en función del destino previsible de los bienes y servicios adquiridos, sin perjuicio de su rectificación posterior si aquél fuese alterado.
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