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¿Cuándo entra en vigor VERI*FACTU? Fechas oficiales actualizadas

Aclaramos las fechas tanto del periodo voluntario como del periodo obligatorio.

¿Cuándo entra en vigor VERI*FACTU? Fechas oficiales actualizadas
Eva Fernández

En este articulo verás:

Si eres autónomo, empresario o asesor, probablemente ya hayas oído hablar de VERI*FACTU. Y seguramente te estés haciendo la misma pregunta que miles de profesionales en España: ¿cuándo entra en vigor VERI*FACTU y cuándo será obligatorio adaptar mi sistema de facturación?

La respuesta es sencilla, pero conviene conocer todos los detalles para evitar errores y preparar la transición con tiempo.

¿Cuándo entra en vigor VERI*FACTU?

Las fechas actualmente previstas para la entrada en vigor de VERI*FACTU son las siguientes:

Fecha Obligados
1 de enero de 2027 Empresas sujetas al Impuesto sobre Sociedades
1 de julio de 2027 Autónomos y resto de contribuyentes obligados

Aunque todavía existe margen para adaptarse, lo recomendable es comenzar cuanto antes a revisar el software de facturación utilizado y asegurarse de que cumple los requisitos exigidos por la Agencia Tributaria.

¿Qué es VERI*FACTU?

VERI*FACTU es el sistema impulsado por la Agencia Tributaria dentro del Reglamento de los Sistemas Informáticos de Facturación, desarrollado a partir de la Ley Antifraude.

Su objetivo es garantizar que las facturas emitidas por empresas y autónomos sean íntegras, trazables e inalterables, evitando manipulaciones posteriores y mejorando el control fiscal.

Para ello, los programas de facturación deberán generar registros electrónicos con determinadas características técnicas, incluyendo:

  • Un identificador único para cada factura.
  • Un sistema de encadenamiento mediante hash.
  • Un código QR incorporado en la factura.
  • Registros que garanticen la integridad de la información.
  • Posibilidad de remisión electrónica a la Agencia Tributaria.

Si todavía no tienes claro cómo funciona este sistema, puedes consultar nuestra guía sobre qué es VERI*FACTU.

¿Por qué se ha retrasado VERI*FACTU?

La implantación de VERI*FACTU ha sufrido varios cambios respecto al calendario inicialmente previsto.

La normativa técnica que regula los requisitos de los sistemas de facturación ha requerido un importante esfuerzo de adaptación por parte de fabricantes de software, empresas y profesionales.

Por este motivo, la Administración ha ampliado los plazos para facilitar una transición ordenada y permitir que todos los actores implicados puedan adaptarse correctamente.

Esto significa que las fechas que inicialmente se manejaban para 2026 han sido desplazadas a 2027.

¿Será obligatorio VERI*FACTU en 2026?

No. Una de las dudas más frecuentes es si VERI*FACTU será obligatorio durante 2026.

La respuesta es no.

Tras la ampliación de los plazos, la obligación de utilizar sistemas adaptados comenzará en 2027:

  • Desde el 1 de enero de 2027 para empresas sujetas al Impuesto sobre Sociedades.
  • Desde el 1 de julio de 2027 para autónomos y otros contribuyentes.

Por tanto, 2026 debe entenderse como un periodo de preparación y adaptación para muchas organizaciones.

¿A quién afecta VERI*FACTU?

La normativa afectará a la mayoría de empresas y autónomos que emiten facturas en España.

Entre los principales colectivos afectados se encuentran:

  • Autónomos en estimación directa.
  • Pequeñas y medianas empresas.
  • Sociedades mercantiles.
  • Profesionales independientes.
  • Despachos y asesorías que gestionen facturación de clientes.

En la práctica, cualquier negocio que utilice un software de facturación deberá asegurarse de que cumple los nuevos requisitos técnicos.

¿Quién está exento de VERI*FACTU?

Existen algunos supuestos específicos en los que la normativa no resulta de aplicación.

Empresas acogidas al SII

Las compañías incluidas en el sistema de Suministro Inmediato de Información (SII) ya remiten información fiscal a la Agencia Tributaria y quedan fuera del ámbito de aplicación de VERI*FACTU.

Territorios forales

Las empresas y autónomos del País Vasco y Navarra cuentan con sistemas propios de control fiscal, como TicketBAI, por lo que no aplican la normativa estatal de VERI*FACTU.

Determinados regímenes especiales

Existen algunos supuestos específicos que pueden presentar particularidades en función del régimen tributario aplicable, por lo que siempre es recomendable consultar cada caso con un asesor fiscal.

¿Qué cambia con VERI*FACTU en el día a día?

Aunque la normativa incorpora conceptos técnicos como hashes, registros electrónicos o códigos QR, para la mayoría de usuarios los cambios serán relativamente sencillos si utilizan un software adecuado.

Las facturas deberán:

  • Incorporar un código QR.
  • Incluir determinadas referencias exigidas por la normativa.
  • Generar registros electrónicos seguros.
  • Mantener la trazabilidad de todas las operaciones.

La buena noticia es que los programas adaptados realizan estos procesos automáticamente.

Para el usuario, la experiencia seguirá siendo prácticamente la misma: crear la factura, enviarla al cliente y gestionar el negocio como siempre.

¿Puedo seguir facturando con Excel o Word?

Muchos autónomos siguen utilizando plantillas de Excel o Word para emitir facturas.

Sin embargo, los requisitos de integridad, trazabilidad e inalterabilidad exigidos por VERI*FACTU hacen que este tipo de soluciones resulten insuficientes para cumplir la normativa.

Por ello, la recomendación es migrar a un software de facturación profesional que incorpore de forma automática todas las exigencias legales.

Cómo prepararte para VERI*FACTU

Aunque la obligación no llegará hasta 2027, conviene empezar a prepararse cuanto antes.

1. Revisa tu software actual

Comprueba si tu programa de facturación ya está trabajando en la adaptación a VERI*FACTU.

2. Solicita o actualiza tu certificado digital

Muchas de las futuras comunicaciones electrónicas requerirán mecanismos de identificación válidos.

3. Consulta con tu asesoría

Si trabajas con un despacho profesional, es recomendable coordinar la transición para evitar incidencias.

4. Realiza pruebas con antelación

Cuanto antes te familiarices con los nuevos procesos, más sencilla será la adaptación.

¿Qué ocurre si no adapto mi software?

Utilizar sistemas que no cumplan los requisitos establecidos por la normativa puede generar problemas de cumplimiento y exponer al negocio a sanciones.

Por eso es importante verificar con tiempo que el software utilizado está preparado para cumplir los requisitos técnicos exigidos por la Agencia Tributaria.

Cómo puede ayudarte Anfix

La adaptación a VERI*FACTU no debería convertirse en una preocupación para tu negocio.

Con Anfix, las futuras exigencias normativas se incorporan automáticamente dentro de la plataforma, permitiéndote seguir trabajando como siempre mientras el sistema se ocupa de los aspectos técnicos.

Además de cumplir con los requisitos de VERI*FACTU, Anfix integra facturación, contabilidad, impuestos, tesorería y colaboración con asesorías en un único entorno de trabajo.

Preguntas frecuentes sobre cuándo entra en vigor VERI*FACTU

¿Cuándo será obligatorio VERI*FACTU para los autónomos?

Los autónomos deberán utilizar sistemas adaptados a partir del 1 de julio de 2027.

¿Cuándo será obligatorio VERI*FACTU para las empresas?

Las empresas sujetas al Impuesto sobre Sociedades deberán adaptarse desde el 1 de enero de 2027.

¿VERI*FACTU se ha retrasado?

Sí. Las fechas inicialmente previstas para 2026 han sido ampliadas para facilitar la adaptación de empresas, autónomos y desarrolladores de software.

¿Tengo que cambiar de programa de facturación?

Dependerá del software que utilices actualmente. Si tu programa no cumple los requisitos exigidos por la normativa, deberás actualizarlo o migrar a una solución adaptada.

¿Necesito certificado digital para VERI*FACTU?

Es recomendable disponer de un certificado electrónico válido para realizar determinados trámites y facilitar la adaptación a los nuevos sistemas.

¿VERI*FACTU es lo mismo que la factura electrónica?

No. Son obligaciones diferentes. La factura electrónica regula el formato y el intercambio de las facturas, mientras que VERI*FACTU regula cómo se generan y conservan los registros de facturación.

¿Qué sanciones me pueden poner si no uso Verifactu cuando toca?

Las sanciones por incumplir la normativa de Verifactu pueden ser severas. Utilizar un programa no adaptado o manipular registros de facturación conlleva multas que pueden llegar hasta los 50.000 € por ejercicio, además de otras penalizaciones según la Ley General Tributaria si se detecta alteración o destrucción de datos. En resumen, arriesgarse no vale la pena: es mejor cumplir a tiempo y evitar un susto económico.

¿Cómo sé si mi software de facturación cumple con Verifactu?

Lo ideal es consultarlo con tu proveedor o buscar información en la web del fabricante. Los programas homologados suelen anunciarlo claramente (busca términos como “certificado Verifactu” o “cumple ley antifraude”). Si tu software es antiguo o no te da confianza, considera cambiar a uno que esté preparado. En mi caso, recomendaría soluciones ya contrastadas como Anfix, que indican expresamente cumplir Verifactu y además se actualizan de forma automática ante cualquier cambio legal. Así te aseguras de estar siempre al día sin esfuerzo.

¿Verifactu sustituye a la factura electrónica de la Ley Crea y Crece?

Son cosas relacionadas pero distintas. La factura electrónica obligatoria de la Ley “Crea y Crece” se refiere a emitir facturas en formato digital (XML, PDF estructurado, etc.) entre empresas, mientras que Verifactu se enfoca en la integridad y trazabilidad de los registros (con QR, envío a AEAT, etc.). De hecho, van de la mano: es muy probable que termines usando factura electrónica y Verifactu a la vez. Pero si ya usas factura electrónica, ten en cuenta que igual deberás actualizar tu software si no cumple las nuevas exigencias técnicas de Verifactu.