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Estar censado en la Agencia Tributaria es una circunstancia en la que se encuentra cualquier autónomo, profesional o socio de una entidad que desarrolle actividad económica. El alta en el censo de empresarios y profesionales se comunica mediante la presentación del modelo 036. Pero una persona que no ejerza actividad económica alguna, ni por cuenta propia ni como asalariado, también debe censarse en Hacienda. De lo contrario no podrá pedir certificado alguno, aunque sea de no declarante. Para censarse debe presentar el modelo 030.
El modelo 030 se utiliza para solicitar el alta en el Censo de Obligados Tributarios por parte de las personas no desarrollen actividades empresariales o profesionales y no satisfagan rendimientos sujetos a retención o ingreso a cuenta. También sirve para solicitar el NIF cuando no se disponga de D.N.I ni de número de identificación de extranjero (NIE).
Las personas físicas que no trabajen por cuenta propia deberán utilizar el modelo 030 para comunicar el cambio de domicilio fiscal, modificar datos personales (estado civil, identificación del cónyuge), indicar un cambio de domicilio o pedir etiquetas identificativas.
Los empresarios y profesionales también utilizarán el modelo para modificar sus datos identificativos, su estado civil o para pedir etiquetas. Para notificar su cambio de domiclio no, puesto que este dato deben informarlo en el modelo 036/037.
La presentación del modelo 030 puede ser telemática, en las Oficinas de la AEAT, o por teléfono, cuando se comunique el cambio de domicilio fiscal. También podrá enviarse por correo dirigido a la oficina de gestión de la Delegación que corresponda. La presentación telemática exigirá disponer de un sistema válido de identificación: DNI electrónico, Certificado electrónico, PIN24H.
Muchas personas desconocen la importancia de comunicar correctamente sus datos al censo de la Agencia Tributaria, pero de ello derivan muchos errores que contienen los borradores de la Declaración de la Renta. Cuando se tienen hijos o se cambia el estado civil es frecuente que los borradores no contengan esa información actualizada porque la persona en cuestión no ha presentado el modelo 030 con la variación. En estos casos, suele utilizarse la propia Renta como modelo censal, puesto que, al corregir los datos en ella, quedan actualizados en la Agencia Tributaria.
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