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El Impuesto de Sociedades es un modelo complejo que hay que conocer al detalle para no declarar partidas incorrectas que puedan dar origen a una liquidación paralela. Los datos económicos que componen la cuenta de resultados y el balance se extraen directamente de la contabilidad, por lo que, si las anotaciones contables no tienen errores, la cumplimentación es sencilla.
Pero las páginas finales del modelo 200 contienen ciertas partidas que corrigen el resultado contable. Son los ajustes.
La base imponible sobre la que se aplica el gravamen no siempre es la misma que se desprende de la contabilidad. Los ajustes del resultado contable pueden generar una base imponible mayor o menor, por lo que el impuesto a pagar va a variar en la misma medida. Los ajustes que pueden aplicarse en el Imuesto sobre Sociedades son muchos y se recogen en la página 12 del modelo. Los que afectan a la mayor parte de las PYME son los siguientes:
* AJUSTE POR GASTOS NO DEDUCIBLES. En la contabilidad debemos incluir todos los gastos soportados por la empresa, sin atender a su deducibilidad. Sin embargo, en el Impuesto sobre Sociedades, esa partida debe corregirse realizando un ajuste positivo que incrementa la base sujeta a impuestos. Entre los gastos no deducibles podemos mencionar los tributos, multas y sanciones, los donativos y liberalidades o los gastos sin justificación, que no guardan correlación con los ingresos ni con la actividad económica que se realiza.
* AJUSTE POR EL IMPUESTO DE SOCIEDADES POSITIVO DEL EJERCICIO ANTERIOR. El importe positivo del Impuesto sobre Sociedades pagado el ejercicio anterior se refleja contablemente en una cuenta de gastos. Pero no es un gasto fiscalmente deducible, por lo que debemos incrementar la base en proporción a su importe.
* AJUSTE DE CORRECCIÓN DE LAS AMORTIZACIONES PRACTICADAS. Un ajuste que supone un menor importe de la base imponible es la corrección de las amortizaciones. La normativa fiscal permite en algunos casos realizar una amortización mayor que la contable. Esto sucede, por ejemplo, con los arrendamientos financieros. Fiscalmente, podemos aplicar al leasing una amortización del doble del coeficiente máximo según tablas contables. Por ello tendremos que realizar un ajuste negativo en el Impuesto sobre Sociedades, mermando la base en el importe de la diferencia entre la amortización fiscal y la contable, pues a efectos de impuestos, al incrementarse la partida de gastos se genera menor importe a pagar.
TUTORIAL: Instrucciones para rellenar el modelo 202: Pagos a cuenta del Impuesto sobre Sociedades.
Los ajustes al Impuesto sobre Sociedades se dividen en temporales y permanentes. Los gastos no deducibles generan diferencia permanentes, pues estamos hablando de partidas que no son deducibles en el ejercicio ni en los posteriores. Las amortizaciones, sin embargo, generan diferencias temporales porque su efecto se traslada a más de un ejercicio.
1.- Accede al módulo de Contabilidad de Anfix y crea tu modelo 200.
2.- Selecciona el tipo de Balance y la PyG que necesitas (Normal, Abreviado, PYME).
3.- Guarda el modelo.
4.- Descarga el archivo para presentarlo en Hacienda.
5.- Abre el programa PADIS, importa el fichero que has creado con Anfix y preséntalo!
Si quieres tenerlo más claro, echa un vistazo a este vídeo que hemos preparado. Ver Vídeo
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