Buscar un nombre, acudir al banco, elaborar estatutos... para constituir una Sociedad Limitada es necesario seguir una serie de pasos obligatorios.
Ángela de Miguel, abogada de Negotia Abogados.
¿Qué pasos hay que seguir para poner en marcha una Sociedad Limitada?
- Buscar un nombre y rellenar la instancia oficial que facilita el Registro Mercantil Central para ver cuál está disponible.
- Depositar en una entidad financiera 3.000 euros en una cuenta especial a nombre de la sociedad para obtener el certificado que se presenta ante notario.
- Elaborar los estatutos en los que se recoge el funcionamiento y organización de la sociedad así como el objeto y capital social, el órgano de administración y cláusulas de organización.
- Acudir al notario para firmar la escritura de constitución. Para ello, es necesario presentar el certificado con la denominación social y el certificado bancario, los estatutos de la sociedad y el DNI de todos los socios.
- Solicitar el CIF en la delegación de la Agencia Tributaria en el plazo de 30 días desde la firma de la escritura. Para obtener este CIF provisional es necesario presentar el impreso 036 o el 037, el original y una copia simple de la escritura del notario y el DNI de los socios.
- Liquidar el impuesto sobre actos jurídicos documentados en el plazo de 30 días en la delegación de Hacienda de nuestra Comunidad Autónoma. El impuesto a pagar es del 1% del capital social puesto en la escritura. Para realizar este paso hay que presentar el impreso 600, una copia simple y el original de las escrituras, el DNI del solicitante y de todos los socios y el CIF provisional.
- Acudir al Registro Mercantil en el plazo de dos meses desde que se constituye la escritura. Es necesario presentar en el Registro el original de la escritura, el justificante del pago del impuesto de transmisiones patrimoniales y el certificado con la denominación social.
A partir de este momento ya existe la sociedad como persona jurídica. Por ello, una vez constituida y estar inscrita en el Registro Mercantil quedan los últimos cinco trámites, que son:
- Solicitar el CIF definitivo en un plazo de seis meses, aportando el impreso 036, la copia de la escritura de constitución y en DNI del solicitante.
- Alta en el impuesto de actividades económicas en la delegación de Hacienda más cercana. El plazo para darse de alta en este impuesto es de un mes desde que se inicia la actividad.
- Alta en la declaración censal del IVA a través del impreso 036.
- Registrar la marca, el logotipo o imagen corporativa en el Registro de Marcas para que nadie pueda utilizarla sin consentimiento, así como registrar los ficheros en los que se incluyen datos personales en la Agencia de Protección de Datos.
- En función de la actividad a desempeñar, a veces es necesario darse de alta en el Registro de Establecimientos Industriales o en el Registro Sanitario.