En el mes de diciembre, una gran parte de las empresas va calculando las cifras de cierre del ejercicio; estiman el beneficio que van a obtener y los impuestos que tendrán que pagar. Pero también hay casos en que el resultado del año son pérdidas y esto, aunque presenta la ventaja de no tener que pagar impuestos, puede ser un inconveniente. Un resultado negativo supondrá enfrentarse a dificultades para conseguir financiación y para negociar pagos con proveedores.
Las pérdidas acumuladas en una entidad mercantil pueden dar lugar a que el el Patrimonio Neto sea inferior a la mitad del capital social, con lo cual incurriría en causa de disolución. ¿Qué podemos hacer entonces para reducir las pérdidas?
Pues en realidad no mucho. Lo más sencillo sería eliminar gastos. Dado que el IVA puede compensarse en los cuatro ejercicios siguientes, no habría problema con respecto a este impuesto por cambiar alguna factura de un ejercicio a otro. Eso sí, hay que tener en cuenta que, si hemos facturado más de 3.000 euros con los proveedores que emiten esos gastos, vamos a tener un descuadre en el modelo 347.
Podríamos ajustar las amortizaciones, por ejemplo. Si yo estoy amortizando un equipo informático al 25% cada año, que es el coeficiente máximo, podré aplicar el mínimo en este ejercicio. No es obligatorio aplicar siempre el mismo coeficiente de amortización.
También conviene ajustar los gastos pagados por anticipado, de modo que se aplique tan solo la parte que corresponde al ejercicio. Si abonamos un seguro en el último trimestre del año en una cuota única, parte de ese pago y, por tanto, de ese gasto, corresponde al ejercicio siguiente. Lo mismo puede ocurrir con el pago de intereses o gastos bancarios.
Las Sociedades Limitadas deben observar el principio de imagen fiel en su resultado contable. Por eso no deben hacerse ajustes que no correspondan, ya que estaríamos desvirtuando la realidad y la correlación que debe haber entre ingresos y gastos.
Por Eva Fernández el 23 January 2023
Por Eva Fernández el 12 January 2023