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¿Qué ocurre con el administrador si la empresa entra en concurso?

Eva Fernández

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Cuando hablamos de concurso de acreedores siempre nos imaginamos una empresa en quiebra, con problemas para atender los pagos de deudas (nóminas, proveedores, impuestos, Seguridad Social). Pero no solemos detenernos a pensar en qué ocurre con el funcionamiento y el control de la entidad. Cuando se declara el concurso, un administrador nombrado por el juzgado, el administrador concursal, se ocupará de los acuerdos de pagos y la negociación de la deuda. Pero ¿qué ocurre con el administrador de la sociedad? ¿Cuál es su función?

Concurso voluntario

Si es la propia empresa la que presenta la solicitud de concurso, hablaremos de un concurso voluntario. En tal caso, el administrador de la sociedad seguirá desempeñando su papel, pero bajo la supervisión del administrador concursal. Este último tendrá que autorizar todos los pago pendientes en la fecha de declaración del concurso, pero el administrador de la sociedad seguirá gestionando las relaciones comerciales de la empresa y representando la misma. Eso sí, deberá evitar el generar nuevas deudas, ya que eso perjudicará a los acreedores afectados por el concurso. También deberá velar por el patrimonio empresarial y hacer valer los derechos de cobro a favor de la sociedad.

La función del administrador concursal se centrará en los acuerdos con los acreedores para reducir o aplazar la deuda, de manera que la empresa siga siendo viable. Si se alcanza un acuerdo, se firma un convenio para el pago de la deuda a lo largo de los plazos pactados y el concursado puede continuar con su actividad con toda normalidad, siempre que atienda los pagos según el nuevo plan previsto.

El administrador societario deberá colaborar con el concursal en la resolución del concurso aportando toda la información relativa a todos los saldos de activo y pasivo, tanto compensados como pendientes de compensar (informe del personal y de los salarios adeudados, cuantía y antigüedad de los mismos, préstamos, contratos de arrendamiento y leasing, embargos...). En definitiva, tendrá que elaborar una lista de acreedores y de deudores, así como detallar el patrimonio social con que se cuenta para hacerles frente.

No hay que olvidar que el concurso no tiene que terminar necesariamente en la liquidación de la entidad, por lo que el administrador sigue siéndolo hasta que no se llegue a una resolución.

Concurso necesario

Si es uno de los acreedores el que solicita el concurso se declara concurso necesario. En este caso, las funciones del administrador social quedan suspendidas, pasando a asumirlas el administrador concursal. Éste tendrá, además, las funciones siguientes:

  • Ejercer acciones de cobro contra los socios responsables por las deudas anteriores a la declaración del concurso.
  • Exigir responsabilidad al administrador, si es preciso, y solicitar el embargo de sus bienes (esta exigencia podrá extenderse a los liquidadores y apoderados que hubiesen actuado como tales en los 2 años anteriores a la declaración del concurso).
  • Solicitar el levantamiento de embargos que impidan el funcionamiento de la empresa y paralizar el deshaucio.

De esto se deduce que el concurso necesario perjudica mucho más a la empresa que el voluntario y supone, además una puerta abierta a la quiebra y la liquidación.