La Declaración de la Renta es uno de los impuestos más complejos y difíciles de entender, sobre todo porque los declarantes no son solo autónomos acostumbrados a lidiar con las liquidaciones, sino personas físicas para las que declarar supone enfrentarse a un trámite que hay que soportar.
En un principio, debemos partir que la percepción de cualquier ingreso, no solo procedente del trabajo sino de cualquier otra naturaleza: intereses bancarios, determinadas ayudas públicas, pensiones, transmisión de bienes... puede obligar a la presentar la Declaración, siempre y cuando supere unos límites establecidos y no se encuentre entre los rendimientos exceptuados de declarar. Por lo tanto, una persona debe comprobar qué rentas ha obtenido en el año, cuál es su importe y su naturaleza, para saber si tiene que presentar el impuesto o no.
Es un error tomar en cuenta tan solo los rendimientos del trabajo para considerar la obligación. A veces se perciben cantidades pequeñas, como puede ser una subvención al alquiler para jóvenes, pero que convierten al perceptor en sujeto obligado, aún cuando su salario no alcance el mínimo para tener que declarar.
Los ingresos obtenidos en el ejercicio deben consignarse en la Declaración incluyéndolos en el apartado correspondiente, según su naturaleza. El impuesto clasifica las percepciones en los siguientes grupos:
Hay que tener en cuenta que, en cada uno de los apartados se incluyen tanto las rentas obtenidas como los gastos soportados para su obtención. De este modo, en los ingresos procedentes de una nómina se deducen los gastos de Seguridad Social; en los rendimientos de actividades económicas, los gastos vinculados al ejercicio de la actividad; en los ingresos por arrendamientos se deducen los gastos de mantenimiento, financieros, impuestos, que debe abonar el propietario.
La suma que se obtiene de todos estos rendimientos, una vez descontados los gastos, forma lo que se llama Base Imponible del impuesto, que es la cifra sobre la cual se calcula el importe a pagar.
Por Eva Fernández el 23 January 2023
Por Eva Fernández el 12 January 2023