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Casos especiales de rentas por arrendamiento de espacio

Eva Fernández

En este articulo verás:

Recibimos una pregunta de un lector referente a los ingresos percibidos por el arrendamiento de espacio a una antena de telecomunicaciones. Es la siguiente:

Una empresa de telecomunicaciones me paga trimestralmente por tener en mi vivienda habitual unas antenas. Dicha empresa lo declara en el modelo 18O como rendimientos del capital inmobiliario, realizando la correspondiente retención y a mi me aparece en el borrador como datos no incorporados con el concepto de arrendamiento de inmuebles. ¿Cómo debo yo declararlo en mi IRPF?

Los ingresos percibidos por la cesión de espacio son ingresos por arrendamientos, ya que, en realidad, se trata de un alquiler. Al constar en la Agencia Tributaria que se percibe este tipo de rendimientos, no elaborará el borrador sino que tan solo nos remitirá los datos fiscales.

Este tipo de rentas se declaran en el mismo apartado que los arrendamientos de viviendas, en la página 4, apartado C "Bienes inmuebles no afectos a actividades económicas". Tendremos que rellenar el desplegable de la casilla 51; poner el porcentaje de titularidad de la vivienda en la que está la antena y en la casilla que indica "Situación" elegiremos la opción "Inmueble sin referencia catastral". Luego indicamos el importe anual percibido y las retenciones soportadas.

Si la antena estuviera instalada en un edificio, los ingresos los declararía cada uno de los vecinos conforme a su parte proporcional. Una comunidad de propietarios es una entidad en atribución de rentas que tiene un número de identificación fiscal. La empresa propietaria de la antena abonaría el alquiler a la comunidad y ésta, a su vez imputaría su parte a cada vecino, comunicándolo a Hacienda en el modelo 184. Les imputaría también el porcentaje de retención correspondiente.
Los miembros de la comunidad incluirían la renta percibida en la página 8 del PADRE apartado F. Tendrían que rellenar el NIF de la entidad y su porcentaje de participación en la misma. Luego irían al apartado "Atribución de rendimientos del capital inmobiliario". Allí pondrían el rendimiento neto que la entidad les imputó en el modelo 184 y en la casilla 205 las retenciones soportadas.

La comunidad de propietarios debería entregar a cada vecino un certificado con los datos comunicados a Hacienda para que pudieran cumplimentar la declaración.