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¿Cómo se calcula una pensión a tiempo parcial?

Eva Fernández

En este articulo verás:

El pasado año la forma de calcular las pensiones de los trabajadores a tiempo parcial sufrió una modificación. Hasta el mes de agosto, un trabajador contratado a media jornada tenía que acreditar una cotización equivalente a otro con jornada completa, por lo que necesitaba trabajar el doble de días para tener derecho a pensión.
Desde la entrada en vigor del RDL 11/2013, de 2 de agosto, modificado por la Ley 1/2014, de 28 de febrero, los trabajadores con contratos a tiempo parcial igualaron sus condiciones a los que trabajan a tiempo completo, al abandonarse la forma de cómputo que se realizaba en función de las horas trabajadas, incluyendo las ordinarias y las complementarias.
Ahora los trabajadores a tiempo parcial no tienen que trabajar 15 años para tener derecho a pensión. El nuevo procedimiento de cálculo se basa en los coeficientes de parcialidad. En primer lugar se calcula la proporción existente entre en total de las jornadas cotizadas a tiempo parcial con respecto a la que hubiera correspondido a jornada completa. Así obtendremos el coeficiente de parcialidad.
Ese coeficiente se aplicará sobre el período de alta con contrato a tiempo parcial, siendo el resultado el número de días que se considerarán efectivamente cotizados en cada período. A ese número se le sumarán los días cotizados a tiempo completo, siendo el resultado el total de días de cotización acreditados computables para el acceso a las prestaciones.
Por último, el periodo de cotización así calculado se incrementará multiplicándolo por 15.
Una persona que haya trabajado 2.500 días a tiempo completo, 2.000 a media jornada y 950 al 20% de la jornada habrá estado de alta un total de 5.450 días.
El número de días que se consideran cotizados será
2.500 + 1.000 (2.000 × 0,50)+ 190 (950 × 0,20)= 3.690 días teóricos de cotización.
3.690/5.450= 0.68% Coeficiente de parcialidad.
Días de alta con contrato a tiempo parcial: 2.000 + 950 = 2.950
2.950 x 0.68 = 2.006 días cotizados a tiempo parcial + 2.500 a tiempo completo =4.006 total días de cotización computables, es decir, 10 años y 97 días.
4.006 / 5.450 = 0.88 %
15 x 0.88 = 13,20 (13 años y 20 días es el periodo mínimo exigible en este caso).