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La factura electrónica es el resultado de una directiva europea que pretende armonizar la normativa tributaria a nivel europeo y, sobre todo, simplificar el proceso de emisión de una factura.
María Duro, abogada de Fenollera Abogados.
A día de hoy manda lo multimedia por lo que las facturas se adaptan también a los nuevos tiempos.
El concepto es muy simple, es decir, no existen grandes cambios; se trata simplemente de entender que una factura en papel escaneada y enviada por email se convierte en electrónica y, al contrario, una factura enviada por correo electrónico e impresa se convierte en papel. En resumen, el concepto varía según el medio utilizado para su emisión.
A pesar de las desconfianzas y temores, la factura electrónica trae consigo una serie de ventajas como:
Equiparar las facturas es uno de los objetivos principales de Comisión Europea por lo que no se producen cambios, por ejemplo, en el plazo de conservación de las facturas.
Uno de los requisitos fundamentales a tener en cuenta antes de emitir una factura electrónica es que debemos contar con el consentimiento del receptor para aceptarla en este formato. Lo más recomendable es que ese consentimiento sea previo al envío.
Por otro lado, la comisión europea y el ordenamiento español exigen la autenticidad de la factura, la integridad, es decir, que no se haya alterado ni modificado y la legibilidad como aspectos fundamentales. En caso de que nos requieran acreditar dichos requisitos se admite cualquier medio de prueba, aunque los más usados son la firma electrónica, el sistema de intercambio de datos u otro tipo de medios con la autorización de la Agencia Tributaria.
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