El régimen de módulos también sufre cambios por la reforma fiscal. Estos cambios afectan a los criterios de exclusión del régimen y también se recortan las actividades que se pueden acoger al mismo, eliminando de ésta a algunas que hasta ahora podían utilizarlo.
Se reduce el umbral de exclusión del régimen de 450.000 a 150.000 euros y de 300.000 a 150.000 euros de gastos. Todas aquellas actividades acogidas a módulos que superen estos límites en su cómputo anual, no podrán volver a utilizarlo hasta que vuelvan a ponerse por debajo de ellos.
También quedarán excluidas del régimen las actividades que facturen menos de un 50% a consumidores finales y las que aplican el tipo de retención del 1%, principalmenre las actividades de fabricación y las relacionadas con el sector de la construcción y reformas (albañiles, fontaneros, electricistas, etc.).
De tal manera podrán seguir en módulos actividades como fabricación de pan y bollería, pastelería y masas fritas; impresión de textos, comercio al por menor, servicios de hostelería, quioscos, hoteles de dos o menos estrellas, talleres de reparación, transporte de viajeros por carretera, taxistas, escuelas y autoescuelas, tintorerías y peluquerías.
En cuanto a las actividades de agricultura y ganadería, se establece un umbral de exclusión de 200.000 y 150.000 euros, siempre con el criterio del 50% de la facturación mínima a particulares.
Lo cierto es que con el tiempo el acceso al sistema de módulos se ha hecho más restrictivo. El Gobierno ve el régimen como un foco de fraude, derivado del escaso control que hay sobre el mismo y sobre todo porque los autónomos en módulos que trabajan para empresas más grandes que pueden emitir facturas que "no corresponden" con servicios prestados para que éstas se puedan beneficiar de su deducción. Por eso se intenta expulsar de los módulos a aquellos que podrían utilizar estas trampas.
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