
¡Hablemos del modelo 130! Los autónomos que estén de alta en una actividad no profesional y los profesionales que no tengan el 70% de sus ingresos sometidos a retención están obligados a presentar pagos a cuenta de IRPF, modelo 130. Este modelo es de periodicidad trimestral y su finalidad es adelantar cantidades del impuesto que luego se regularizan en la Declaración anual. ¡Ah! Y si eres cliente de Anfix, puedes presentarlo directamente desde la aplicación.
¿Quién está obligado a presentarlo?
El modelo 130 deberá ser utilizado por los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (personas físicas o miembros de sociedades civiles y comunidades de bienes) que ejerzan actividades económicas, incluidas las agrícolas, ganaderas, forestales y pesqueras, y que determinen su rendimiento neto con arreglo al método de estimación directa, tanto en la modalidad normal como en la simplificada.
Los profesionales que tengan más del 70% de sus ingresos sujetos a retención podrán solicitar la exención de presentar el modelo 130.
Para determinar el importe del pago a cuenta, el autónomo debe tomar el volumen total de las operaciones realizadas en el periodo que se liquida, tanto de ingresos como de gastos. Si la diferencia entre ambos importes nos da una cifra positiva, se calculará su 20%, lo cual nos dará la cifra a pagar. Si el resultado fuera negativo, no procede cálculo alguno puesto que no hay cantidad a ingresar.
A la cantidad positiva obtenida al aplicar el porcentaje del 20%, se le restarán los pagos acumulados del modelo efectuados en trimestres anteriores. También se le restará la suma de las retenciones soportadas en todos los trimestres del ejercicio. De este modo, obtendremos la cifra final a pagar.
El volumen de ingresos y de gastos a consignar en cada uno de los trimestres se reflejará de manera acumulada. Es decir, en la presentación del pago a cuenta correspondiente al segundo trimestre incluirá todas las operaciones realizadas desde el comienzo del ejercicio, que será igual a la suma de las correspondientes al primer trimestre más las del segundo.
La diferencia entre los ingresos y los gastos nos dará el Rendimiento Neto de la actividad económica. Éste es el importe que indica el beneficio obtenido por el autónomo equiparable al salario.
Esta liquidación es trimestral. El plazo de presentación finaliza los días 20 del mes siguiente a la finalización de cada trimestres (abril, julio y octubre). La liquidación del último trimestre deberá presentarse entre el 1 y el 31 de enero del año siguiente.
La presentación del modelo es obligatoria siempre que el contribuyente esté de alta, aun en el caso de que no haya realizado actividad o el resultado sea negativo. La sanción por no presentación en caso de declaración negativa pueden alcanzar los 150 euros, si bien puede minorarse si la presentación se realiza a instancias del contribuyente antes de que Hacienda lo requiera.
La no presentación o presentación fuera de plazo de una liquidación positiva con llevará, aparte del pago del resultado de la liquidación, una sanción proporcional a dicho resultado y los intereses de demora correspondientes al retraso producido.
¿Sabes cómo generar el modelo 130 con Anfix?
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