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En febrero también se presenta el modelo 184

En febrero también se presenta el modelo 184
Eva Fernández

En este articulo verás:

El modelo 184 es una declaración informativa obligatoria para las entidades en atribución de rentas, como pueden ser las sociedades civiles. En una sociedad civil, las rentas obtenidas son generadas por la entidad pero declaradas por los partícipes, en proporción a su porcentaje de participación.
Una sociedad civil lleva a cabo su actividad bajo una denominación social y con un número de identificación fiscal de la propia entidad. La entidad liquida el IVA y las retenciones, pero las rentas a efectos de IRPF deben declararlas los socios. El modelo 184 que presenta sirve para imputar a cada uno de ellos el porcentaje que le corresponde del rendimiento obtenido en el ejercicio, que será en proporción a su participación en la entidad.
La obligación de presentar el modelo recae sobre el representante de la entidad. El rendimiento neto anual del ejercico se calcula por la diferencia entre los ingresos y los gastos (si se declara en estimación directa). Esa será la base del reparto. Los pagos a cuenta del IRFF, (modelo 130) de cada uno de los partícipes no se deducirán en el modelo 184, sino en la declaración de la Renta de cada uno de ellos.
Pero en el modelo 184 no se declaran tan solo rendimientos de actividades económicas, sino también del capital mobiliario o inmobiliario o de ganancias o pérdidas patrimoniales. Una entidad en atribución de rentas creada, por ejemplo, para administrar una herencia, podrá imputar a los miembros rendimientos derivados de arrendamientos de inmuebles o de compra-venta de bienes.
Los datos consignados en el modelo 184 serán utilizados por la Agencia Tributaria para confeccionar el borrador de la declaración de la Renta. La entidad debe entregar a cada uno de los partícipes un certificado que acredite lo declarado, a fin de realizar su declaración y contrastar los datos que consten en la AEAT.