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¿El Impuesto de Sociedades puede salir a devolver?

Eva Fernández

En este articulo verás:

El Impuesto de Sociedades es una declaración similar al Impuesto sobre la Renta de las personas físicas. Lo que ocurre es que, en vez de ser una persona la que liquida sus rentas, lo hace una entidad. Al igual que en la Renta, en Sociedades hay que incluir todas las percepciones obtenidas por la empresa, tanto si provienen de su actividad ordinaria como de cualquier otro origen. A esas percepciones se les restan los gastos y deducciones a las que la empresa pueda tener derecho.

Donde encontramos una gran diferencia entre el Impuesto de Sociedades y el de la Renta es en el resultado. Aparte de los ajustes que ya hemos comentado en artículos anteriores, los resultados negativos de un ejercicio pueden detraerse de los resultados positivos de ejercicios futuros. Esto supone una gran ventaja que no existe en la Declaración de la Renta. La evolución económica de una empresa se presenta como un hecho cohesionado a lo largo del tiempo, donde un ejercicio indice en los demás.

No hay que confundir el resultado negativo del Impuesto con una devolución. No es lo mismo una base imponible negativa que una cuota negativa. La base imponible negativa es la cantidad que queda a compensar, mientras la cuota negativa es la cuota que resulta a devolver. ¿Y dónde se origina esa cuota?

La cuota a devolver se origina del siguiente modo:

Al resultado ajustado positivo se le restan las retenciones soportadas y los pagos a cuenta efectuados en el ejercicio. Las retenciones pueden proceder de arrendamientos (si la entidad es propietaria de locales que tiene alquilados) o de préstamos, principalmente. Los pagos a cuenta son los adelantos del modelo 200 que se efectúan 3 veces al año cuando el resultado de un ejercicio resulta a ingresar.

Si al restar estas cantidades resulta una cifra negativa, podemos pedir la devolución, ya que esa cantidad nos se acumula para otro año. Si no la pedimos, la perderemos.

Hay que estar muy atento a todos los beneficios fiscales que podemos aplicar en el impuesto, porque si olvidamos alguno no podremos pedirlo a posteriori. Podemos ver esto en la compensación de bases imponibles negativas. Si nos sale a pagar y no aplicamos la compensación en el impuesto, no podremos pedirla fuera de plazo.

TUTORIAL: Instrucciones para rellenar el modelo 202: Pagos a cuenta del Impuesto sobre Sociedades.

Por cierto, te recordamos que el plazo para presentar el modelo 200 es del 1 al 27 de julio. La semana pasada Hacienda publicó los últimos cambios y en Anfix nos hemos dado mucha prisa para que puedas presentarlo cuanto antes y luego no te pille el toro. ¡Así que ya lo tienes listo!

Es muy sencillo. Si eres usuario de Anfix puedes presentarlo hoy mismo en 5 clics.
¿Cómo rellenar el modelo 200 de forma rápida con Anfix?
1.- Accede al módulo de Contabilidad de Anfix y crea tu modelo 200.
2.- Selecciona el tipo de Balance y la PyG que necesitas (Normal, Abreviado, PYME).
3.- Guarda el modelo.
4.- Descarga el archivo para presentarlo en Hacienda.
5.- Abre el programa PADIS, importa el fichero que has creado con Anfix y preséntalo!