
En nuestro repaso al modelo 347 le toca ahora el turno a las operaciones financieras. Vamos a ver en detalle qué operaciones financieras tienes la obligación de declarar a través de este modelo y cuáles no.
1. ¿Para qué sirve el modelo 347?
2. ¿Cómo cumplimentar el modelo 347?
3. Operaciones financieras que estás obligado a declarar en el modelo 347
3.1. Pagos de leasing y préstamos
4. Operaciones financieras que no estás obligado a declarar en el modelo 347
A veces, cuando se piensa en la información que contiene, se asocia la obligación de presentar este modelo con el único requisito de superar los 3.005,06 euros de facturación con el mismo cliente o proveedor.
Pero no hay que olvidar que lo que se declara no son solo facturas.
En el 347 se incluyen también las subvenciones, los pagos en metálico y las operaciones financieras, entre otras. Y éstas últimas suelen presentar ciertos problemas a la hora de determinar el importe a incluir.
Recuerda que si eres usuario de Anfix y has subido la información contable de forma correcta, este modelo se rellena automáticamente.
Para ello simplemente entra en tu apartado de Contabilidad, pestaña de Modelos oficiales IVA y haz clic en el modelo 347.
En la siguiente pantalla haz clic sobre Nuevo y aparecerá cumplimentado el modelo 347 listo para su presentación en Hacienda.
Si aún no nos conoces, no dudes en activar una prueba gratuita. Si no te decides, en este enlace encontrarás las instrucciones para rellenar el modelo 347 casilla a casilla.
Si has cometido algún error del que te hayas percatado una vez presentado el modelo 347 en la Agencia Tributaria, en este artículo te explicamos cómo subsanarlo: Tengo un error en el modelo 347 ¿Cómo lo arreglo?
Ahora sí, veamos qué operaciones financieras estás obligado a declarar a través de este modelo:
Las cuotas abonadas a las entidades financieras por operaciones de financiación presentan la problemática de que, aunque se pagan de forma única, contienen distintos conceptos: la amortización (devolución del principal), los intereses, los impuestos (IVA)…. ¿Cuáles de estos conceptos se toman en cuenta para el modelo 347?
En los casos de pagos por cuotas de leasing, deberá consignarse en el modelo 347 tanto la parte que corresponde al arrendamiento como la correspondiente a la carga financiera.
En los pagos de préstamos sólo se declaran los intereses, ya que son éstos los que constituyen la contraprestación de la operación. En cambio, el capital que se amortiza, no tendrá que relacionarse.
Los empresarios y profesionales deberán incluir en el modelo 347 los préstamos recibidos cuando las operaciones no sean objeto de declaración por las entidades de crédito en el modelo 181 (declaración informativa de préstamos y créditos y operaciones financieras relacionadas con bienes inmuebles).
No se incluyen en 347 las operaciones respecto de las que exista obligación periódica de suministro de información a la Administración tributaria estatal a través de declaraciones específicas distintas del modelo 347:
Esto significa que no tendremos que relacionar los préstamos entre el socio y la sociedad, algo muy habitual en la operativa mercantil. No es obligatorio contrastar los importes del modelo 347.
Cuando se formaliza un préstamo de estas características, existe la obligación de practicar retención (cuando el préstamo es del socio a la entidad) sobre los intereses de cada cuota.
Estas retenciones se liquidan trimestralmente a través del modelo 123 de ingreso de retenciones de préstamos y se informan en el resumen anual, modelo 193.
Por lo tanto, la Agencia Tributaria ya conoce los datos de la operación y los sujetos que intervienen. No tendrías, pues, que incluirlo en el modelo 347.
Puedes descargarte gratis la Guía completa en PDF del modelo 347 con todo lo que necesitas saber sobre la cumplimentación y presentación de este modelo tributario.
Por Eva Fernández el 18 November 2022
Por Eva Fernández el 6 April 2021
Por Eva Fernández el 4 December 2020