
Desde el 1 de enero del presente año, los requisitos para obtener la devolución del IVA de las facturas incobrables se han modificado. Esta modificación atañe a los plazos para realizar la modificación de la base imponible, que se han flexibilizado para que un mayor número de PYMES puedan ejercer su derecho.
Tal como ocurría hasta ahora, la base imponible del impuesto puede reducirse, es decir, se puede emitir una factura rectificativa, cuando la factura se considere total o parcialmente incobrable. Esto ocurre cuando se cumplen las siguientes condiciones:
1ª. Que haya transcurrido un año desde el devengo del impuesto repercutido sin que se haya obtenido el cobro de todo o parte del crédito derivado del mismo. Es decir, que pasado un año de la fecha de emisión de la factura, siga sin abonarse. Este plazo pasa a ser de seis meses cuando el que la expide es una PYME (empresario o profesional cuyo volumen de operaciones en el año natural inmediato anterior no haya excedido de 6.010.121,04 euros).
Desde el 1 de enero las PYMES podrán modificar la base imponible pasados los 6 meses o podrán esperar al plazo general de 1 año que se exige para el resto de empresarios. Si el pago fuera fraccionado, el año o los 6 meses empiezan a contar desde el vencimiento del plazo o plazos impagados, no desde la fecha de expedición de la factura.
En este caso, podrá reclamarse el cobro de cada plazo que vaya siendo impagado una vez transcurra el periodo de tiempo indicado e ir emitiendo facturas rectificativas equivalentes a esos importes. Con solo que se incumpla uno de los plazos, el crédito ya se considera incobrable.
Se consideran operaciones con precio aplazado las que se abonan en pagos sucesivos o en uno sólo, siempre que el período transcurrido entre la fecha de factura y el vencimiento del último o único pago sea superior a un año o, en el caso de PYMES, seis meses.
En cualquier caso, conviene recordar que, para poder presentar en Hacienda la factura rectificada, debemos realizar antes una reclamación judicial o notarial de la deuda.