💚 20% de descuento con el código ANFIX20
Empieza ahora
Blog > Autónomos y Pymes > Diferencias entre VeriFactu y SII: guía clara y práctica

Diferencias entre VeriFactu y SII: guía clara y práctica

Te explicamos qué ofrece cada sistema y cómo elegir el más indicado para tu empresa o despacho.

Diferencias entre VeriFactu y SII: guía clara y práctica
Silvia Martín

En este articulo verás:

En este artículo descubrirás, de forma clara, las diferencias entre Verifactu y SII. Te explicaré no solo qué ofrece cada sistema, sino también cómo elegir el más indicado para tu empresa o despacho.

¿Qué es VeriFactu?

VERI*FACTU es el sistema impulsado por la Agencia Tributaria dentro del Reglamento de los Sistemas Informáticos de Facturación (Real Decreto 1007/2023).

Su objetivo es garantizar la integridad, conservación, trazabilidad e inalterabilidad de los registros de facturación mediante una serie de requisitos técnicos que deben cumplir los programas de facturación utilizados por empresas y autónomos.

Para ello, los sistemas adaptados generan registros electrónicos asociados a cada factura, incorporando elementos como códigos QR, mecanismos de trazabilidad y sistemas que dificultan la manipulación o eliminación de la información.

Si quieres profundizar en cómo funciona este sistema, puedes consultar nuestra guía completa sobre qué es VERI*FACTU.

 

¿Qué es el SII?

El SII (Suministro Inmediato de Información de IVA) funciona desde 2017 para grandes empresas (> 6 M €), grupos de IVA o quienes optan voluntariamente (REDEME). Consiste en enviar los datos de facturas emitidas y recibidas a Hacienda en un plazo de 4 días hábiles (8 en casos especiales). Puedes conocer todos los detalles en la guía del SII de Anfix.

En Anfix, si tu empresa está en SII, la plataforma genera y envía los registros sin intervención manual, actualizando automáticamente tus libros IVA y evitando declaraciones duplicadas.

Diferencia entre VERI*FACTU y SII en una frase

Aunque suelen confundirse, ambos sistemas tienen objetivos diferentes.

VERI*FACTU regula cómo se generan y conservan los registros de facturación, mientras que el SII regula el envío de información sobre facturas emitidas y recibidas a la Agencia Tributaria.

Esta diferencia es clave para entender qué obligaciones corresponden a cada empresa y cuándo resulta aplicable cada sistema.

¿Cuál es obligatorio y para quién?

La obligatoriedad de cada sistema depende del tipo de empresa y de su régimen fiscal.

SII

El Suministro Inmediato de Información (SII) es obligatorio para:

  • Empresas con una facturación superior a 6 millones de euros.
  • Empresas inscritas en el REDEME.
  • Grupos de IVA.

También puede adoptarse de forma voluntaria por otros contribuyentes.

VERI*FACTU

VERI*FACTU será obligatorio para la mayoría de empresas y autónomos:

  • Desde el 1 de enero de 2027 para empresas sujetas al Impuesto sobre Sociedades.
  • Desde el 1 de julio de 2027 para autónomos y resto de contribuyentes obligados.

Las empresas que ya están acogidas al SII quedan excluidas del ámbito de aplicación de VERI*FACTU.

¿A quién van dirigidos?

Sistema Perfil típico Objetivo principal
VeriFactu Autónomos, pymes, empresas que no estén en SII Integridad, trazabilidad, lucha contra fraude
SII Grandes empresas, grupos, REDEME Gestión del IVA, control fiscal exhaustivo

Ambos sistemas refuerzan el control fiscal, pero con enfoques distintos: VeriFactu en la factura, SII en el IVA. 

¿Qué información se envía a Hacienda?

VERI*FACTU

Los sistemas adaptados generan registros de facturación asociados a cada factura emitida. Dependiendo de la modalidad utilizada, estos registros pueden remitirse electrónicamente a la Agencia Tributaria.

SII

Las empresas acogidas al SII deben remitir información relativa a sus facturas emitidas y recibidas dentro de los plazos establecidos por la normativa.

La principal diferencia es que el SII se centra en el control del IVA, mientras que VERI*FACTU se centra en garantizar la trazabilidad e integridad de los registros de facturación.

Códigos QR y verificabilidad

VeriFactu obliga a incluir un QR + texto verificable para que el receptor compruebe en la web de la AEAT la validez de la factura. En cambio, el SII no exige ese QR.

Con Anfix, esas etiquetas y QR se generan automáticamente: tu cliente puede escanearlos y verificar la factura al instante. Aquí puedes ver cómo firmar una factura electrónica correctamente.

¿Recibe información Hacienda y qué plazo?

  • VeriFactu: envío automático al emitir, sin plazo legal.
  • SII: plazo de 4 días hábiles, 8 en casos concretos.

Anfix te permite programar envíos por lotes o en tiempo real según tu preferencia, respetando los plazos legales sin tener que estar pendiente cada día.

¿Qué pasa con facturas recibidas?

VeriFactu solo aborda facturas emitidas, sin enviar información sobre recibidas. En cambio, SII incluye ambas direcciones, lo que facilita el control del IVA recíproco.

Si utilizas Anfix, el envío de facturas recibidas al SII es automático (si estás en el sistema), evitando duplicar facturas en tu contabilidad.

Fechas clave que debes tener en cuenta

Tras la ampliación de los plazos inicialmente previstos, el calendario actual de VERI*FACTU es el siguiente:

Fecha Obligados
1 de enero de 2027 Empresas sujetas al Impuesto sobre Sociedades
1 de julio de 2027 Autónomos y resto de contribuyentes obligados

 

Por su parte, el SII continúa vigente desde 2017 para los colectivos obligados y no ha sufrido modificaciones relevantes en cuanto a su ámbito de aplicación.

Resumen práctico de diferencias

  • Objetivo: VeriFactu control de factura; SII control IVA.
  • Suplemento: QR en VeriFactu; ninguna etiqueta visible en SII.
  • Ámbito: VeriFactu para emisores; SII para emisores y receptores.
  • Obligatoriedad: VeriFactu voluntario (2026 manda), SII obligatorio para grandes o por opción.
  • Plazos: VeriFactu envío inmediato; SII en 4/8 días hábiles.

Con Anfix, estas diferencias se gestionan en un mismo entorno: si estás obligado o voluntario al SII, Anfix lo activa; si te conviene VeriFactu, también lo soporta, sin duplicar pasos.

¿Puede una empresa estar en SII y VERI*FACTU al mismo tiempo?

No. Las empresas que están acogidas al SII quedan excluidas del ámbito de aplicación de VERI*FACTU.

Esto significa que una empresa obligada a presentar información mediante el SII seguirá utilizando este sistema y no tendrá que adaptarse adicionalmente a VERI*FACTU.

Por eso resulta fundamental identificar correctamente el régimen aplicable a cada empresa antes de iniciar cualquier proceso de adaptación.

Preguntas frecuentes (FAQ)

¿Puedo usar Verifactu si estoy en SII?
No. El artículo 3.3 del RD excluye a quienes estén en SII de la obligación de Verifactu.
¿Y si estoy voluntariamente en SII?
Puedes evitar Verifactu siempre que mantengas tu inscripción vía modelo 036 (REDEME o alta).
¿Verifactu exige factura electrónica?
No. Permite PDF o impresa, siempre que el sistema genere registros inalterables, hash, QR y opción de envío. Si tienes dudas, consulta nuestra guía sobre factura electrónica.
¿Qué beneficios reales aporta Verifactu?
Mayor seguridad legal, reducción de fraude, reputación frente a clientes, ahorro de reclamaciones y verificabilidad. Además, facilita la automatización mediante herramientas como Anfix.
¿Y el SII?
Control en tiempo real de tu IVA, librería automática de modelos (303, 390, 347), menos trámites y detección de errores contables antes. Mira cómo Anfix gestiona el modelo 303 automáticamente.