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En la actualidad, la mayor parte de las sociedades están obligadas a recibir las comunicaciones de la Agencia Tributaria por vía telemática. El sistema funciona como el correo ordinario certificado: Hacienda envía un aviso al email de la empresa para que acceda a su buzón electrónico y abra la notificación. La notificación está disponible durante 10 días, al cabo de los cuales se produce un rechazo automático y ya no se puede visualizar el contenido.
Esto presenta el problema de que las comunicaciones no abiertas se entienden practicadas, una vez se han producido dos intentos. El cómputo de los plazos para atenderlas comienza a contar, con lo que la falta de recepción puede causar graves problemas a la empresa.
Lo que a veces no se tiene en cuenta es que los contribuyentes obligados pudien elegir unos días para que Hacienda no les envie notificaciones. Esos días de cortesía sólo afectan a las comunicaciones que se reciben a través de la Dirección Electrónica Habilitada (DEH) a durante el periodo de tiempo elegido, pero no se consideran una interrupción de los plazos de las notificaciones recibidas con anterioridad.
El tiempo que puede señalarse son 30 días naturales al año, independientemente de la fecha en la que se haya habilitado la Dirección Electrónica Obligatoria. Esto quiere decir que, si la empresa se ha dado de alta en el sistema a mediados de año, dispondrá igualmente del mismo plazo. Los días son de libre elección y no se precisa agrupar un mínimo de ellos.
Los días elegidos habrán de ser notificados con una antelación mínima de 7 días naturales respecto al primer día en que vayan a surtir efecto. Para señalarlos hay que entrar en la sede electrónica de la Agencia Tributaria, en la dirección www.agenciatributaria.gob.es. y seguir las indicaciones que aparecerán en pantalla. Los días elegidos pueden modificarse realizando el mismo procedimiento.
Este sistema tan solo se aplica a la recepción de notificaciones o requerimientos. Si la empresa ha solicitado un aplazamiento, podrá recibir igualmente la comunicación de Hacienda aprobándolo o denegándolo, aún siendo dentro de los días señalados como inhábiles.
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