¿Qué es el RETA?
El RETA es el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
Es el sistema por el cual se gestionan las aportaciones a la Seguridad Social de los trabajadores por cuenta propia.
Los trabajadores por cuenta ajena (asalariados) cotizan en régimen general.
Diferencias entre el RETA y el régimen general
El RETA tiene las mismas atribuciones que el régimen general, en lo que se refiere a gestionar la cotización de los trabajadores. Sin embargo, entre ambos existen diferencias:
- En el RETA la obligación de cotizar recae sobre el propio trabajador. El autónomo debe ingresar sus aportaciones mensuales a la Seguridad Social por si mismo. En régimen general, es la empresa la que lo hace por el trabajador.
- En el RETA es el propio autónomo el que elige su base de cotización, dentro de unos límites (base mínima y máxima). En el régimen general se cotiza en función del salario.
Las prestaciones en ambos regímenes son básicamente las mismas: accidentes de trabajo y enfermedad común, jubilación, Incapacidad Temporal….. Se ha incluido recientemente la cobertura de cese de actividad, que viene a ser equivalente al desempleo.
¿Quién debe cotizar en el RETA?
Están obligados a cotizar en este régimen especial:
- Los trabajadores por cuenta propia mayores de 18 años.
- El cónyuge y los familiares hasta 2º grado que colaboren con el autónomo.
- Los autónomos extranjeros que trabajen en España.
- Los profesionales.
- Los socios de Cooperativas.
- Los comuneros o socios de comunidades de bienes y sociedades civiles.
- Los administradores de entidades mercantiles, si se cumplen determinadas circunstancias.
- Los autónomos dependientes.